El pleno de la Asamblea Nacional aprobó hoy, 19 de marzo, en tercer debate el proyecto de ley 102 que modifica el Código Penal con el fin de adecuar las normas legales panameñas a estándares internacionales para la prevención y represión de los delitos de blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo.
El proyecto aprobado es complementario con la iniciativa presentada el pasado miércoles a la Asamblea por el ministro de Economía y Finanzas, Dulcidio De La Guardia, con miras a combatir el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva, con miras a que Panamá salga de la "lista gris" del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).
Con la norma aprobada, por ejemplo, quienes personalmente o por interpuesta persona, reciba, deposite, negocie, transfiera o convierta dineros, títulos, valores, bienes u otros recursos financieros, previendo razonablemente que proceden de actividades relacionadas con diversos delitos como el sicariato, corrupción de servidores públicos, enriquecimiento injustificado, falsificación de documentos, omisión o falsedad de la declaración aduanera del viajero respecto a dineros, valores o documentos negociables con el objeto de ocultar, encubrir o disimular su origen ilícito, serán sancionados con cinco a doce años de prisión.
Con esta misma pena y por este mismo hecho se sancionaría los delitos contra la humanidad, tráfico ilícito de migrantes, tráfico de órganos, delitos contra la personalidad jurídica del Estado, delitos contra la seguridad jurídica de los medios electrónicos, estafa calificada y delitos financieros.
También se incluyen los delitos de falsificación de monedas y otros valores, delitos contra el patrimonio histórico de la nación, delitos contra la seguridad colectiva, piratería, delincuencia organizada, asociación ilícita, pandillerismo, posesión y tráfico de armas y explosivos, y apropiación y sustracción violenta de material ilícito.
De igual manera, se fija una sanción de prisión de cinco a diez años a quien reciba, posea, use, transfiera, altere, evacue o transporte material nuclear, radiactivo o bacteriológico sin autorización legal a través del territorio nacional.
Con el proyecto aprobado además se incluyen otras sanciones como el hecho de que cuando una persona jurídica sea usada o creada para cometer delito, aunque no sea beneficiada por él, se le aplicará una multa no inferior de 25 mil dólares ni superior al doble de la lesión o al beneficio patrimonial, en caso de que la persona jurídica sea prestadora del servicio de transporte mediante el cual se introduce droga al territorio nacional.
En un informe del Fondo Monetario Internacional (FMI) se determinó que la República de Panamá es vulnerable al lavado de dinero, porque entre otros aspectos el país ha tipificado penalmente el blanqueo de capitales y el financiamiento del terrorismo, pero su sistema legal no está alineado completamente con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

