REFORMA A LA LEY DE SEGUROS.
CSS podrá asegurar sus préstamos hipotecarios
La entidad puede otorgar seguros de riesgos inherentes al régimen de Invalidez, Vejez o Muerte.
Edith Castillo Duarte
ecastillo@prensa.com
La Caja de Seguro Social (CSS) fue autorizada legalmente para que le dé cobertura de seguros a su cartera de préstamos hipotecarios, en los riesgos de incendio de la vivienda y muerte del prestatario.
Así lo determinó una reciente reforma al artículo 2 de la Ley No. 59 de 29 de julio de 1996, que regula el mercado de seguros. Ello no significa que la CSS pueda otorgar pólizas al público en general o que la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá tenga algún tipo de capacidad de supervisión de esta actividad.
El director de Finanzas de la CSS Benigno Amaya explicó que lo que se ha hecho es “formalizar, legalmente, la cobertura que ha venido asumiendo la Caja por cuenta propia en sus préstamos hipotecarios desde hace más de 15 años”.
Igualmente, la ley “permite que la CSS asuma por cuenta propia el seguro de riesgos inherentes al régimen de Invalidez, Vejez y Muerte, en casos de invalidez y de sobrevivencia o renta vitalicia de los asegurados a que se refieren los artículos 200 y 203 de la Ley 51 Orgánica de la CSS para el Subsistema Mixto”.
Queda claro, agregó Amaya, que “la CSS no estará participando como proveedor de servicios de pólizas de seguros ni está apostando a ningún mercado. No es una política de inversión ni va a hacer ninguna inversión que no sea la que la Ley 51 y el Reglamento de Inversiones le permiten. Solamente está legalizando asumir las coberturas de los riesgos que administra”.
La política de inversión aprobada en la Ley 51 no contempla la incursión en el mercado de seguros.
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