Locales
28/12/2012 - A partir del próximo 1 de enero los ciudadanos libaneses necesitarán la autorización previa del Órgano Ejecutivo, a través del Consejo de Seguridad Nacional, para ingresar al territorio nacional.
La información se dio a conocer este viernes a través del Decreto Ejecutivo 938 del 27 de diciembre del presente año.
Sin dar mayores justificaciones de la decisión, en el decreto se indica que “luego de un análisis realizados con las instancias de seguridad pública correspondientes” se asumirá la medida.
En el documento también se modifica el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 380 del 24 de mayo de 2012, que reforma la clasificación migratoria existente, de forma tal que quedan exentos del requisito de visa para ingresar al país en calidad de turistas, los extranjeros nacionales de unos 38 países.
Así, por ejemplo, quedan eximidos los siguientes países, Angola, República de Armenia, Bielorrusia, Botsuana, Bután, Cabo Verde, Camboya, Comoras, Croacia, Fiyi, Gabón, Georgia, Islas Marshall, Islas Salomón, Kenia, Kiribati, Macedonia, Madagascar, Malacia, Maldivas, Mauricio, Micronesia, Moldavia, Mongolia, Montenegro, Namibia, Nauru, República de Palaos, Papua Nueva Guinea, Samoa, Santo Tomé y Príncipe, Serbia, Seychelles, Tonya, Ucrania, Vanuatu y Vietnam.
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