Declaran ilegal la huelga de los trabajadores bananeros; tienen 24 horas para regresar a sus puestos

Declaran ilegal la huelga de los trabajadores bananeros; tienen 24 horas para regresar a sus puestos
Imágenes de este lunes 19 de mayo en Changuinola, donde permanecen calles cerradas por obreros del sector bananero. Alexander Arosemena

El Juzgado de Trabajo de la Quinta Sección de Changuinola, Bocas del Toro, declaró ilegal la huelga de los trabajadores de la empresa bananera Chiquita Panamá y le dio un plazo de 24 horas a los colaboradores para retornar a sus puestos; de lo contrario, perderán sus derechos laborales.

Declaran ilegal la huelga de los trabajadores bananeros; tienen 24 horas para regresar a sus puestos
Declaran ilegal la huelga de los trabajadores bananeros. Cortesía

El proceso para declarar ilegal la huelga del Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano y Empresas Afines (Sitraibana) fue presentado por Chiquita Panamá, y la decisión fue emitida el pasado viernes 16 de mayo y notificada este lunes 19.

El juez Álvaro Jiménez plasmó en su decisión que la paralización, que inició el lunes 28 de abril, siguió el martes 29, miércoles 30 y días siguientes en 21 fincas bananeras de la empresa, no cumple con los requisitos de una huelga legal.

“Se ordena a los trabajadores de la empresa Chiquita Panamá, afiliados al Sindicato de Trabajadores de la Industria del Banano Agropecuaria y Afines, cumplir el contenido del artículo 507 del Código de Trabajo expuesto en la parte motiva de esta resolución”, se plasma en parte del fallo del juzgado.

El artículo 507 del Código de Trabajo establece:

Si se declara la ilegalidad de la huelga, en la misma resolución se dispondrá lo siguiente:

Fijará a los trabajadores un término de veinticuatro horas para que se reintegren a su trabajo.

Los apercibirá de que por el solo hecho de no acatar la resolución, el empleador puede dar por terminadas las relaciones de trabajo respectivas, salvo en el caso de ausencia injustificada.

Declarará que el empleador no ha incurrido en responsabilidad y que está en libertad para contratar nuevos trabajadores y reanudar el funcionamiento de la empresa, negocio o establecimiento.

Que el empleador puede despedir, sin responsabilidad, alguna a los trabajadores que hubiesen incurrido en los actos de que trata el ordinal 2 del artículo 498.

Actualmente, la dirigencia del sindicato bananero y una comisión gubernamental están en conversaciones para llegar a un acuerdo y poner fin a los más de 20 bloqueos de vía que se registran en Changuinola y otros sectores de la provincia.

Las tensiones se han intensificado por la inconformidad de los obreros ante la Ley 45, que regula el sistema de pensiones del sector, y la Ley 462, que reforma la estructura de la Caja de Seguro Social.

Esta situación ha provocado un desabastecimiento de productos esenciales en la provincia, como combustibles, alimentos y medicinas.

El Gobierno, por intermedio del Servicio Nacional Aeronaval, habilitó un puente aéreo humanitario para suplir a la provincia de medicamentos y alimentos.


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