DECRETO-LEY. SE CREA EL SERVICIO DE EXTRANJERÍA.

Ley migratoria entra a regir en seis meses

Para obtener la categoría de residente permanente, el extranjero deberá pagar 250 dólares en vez de 100. En la categoría de turista entran aquellos que lleguen el país para una estadía máxima de 90 días.

Ley migratoria entra a regir en seis meses
Ley migratoria entra a regir en seis meses

En seis meses entrará a regir la nueva ley que crea el Servicio Nacional de Migración, como una institución de seguridad pública y de gestión administrativa. Así lo estipula el Decreto Ley No. 3, publicado ayer en Gaceta Oficial.

Dentro de los cambios que trae la norma, está la creación de cuatro categorías migratorias: no residente, residente temporal, residente permanente y extranjeros bajo protección de Panamá. En la categoría de no residentes están los turistas –que se les permitirá la estadía en el país por un período no mayor a 90 días–, los pasajeros en tránsito y los marinos.

En la legislación que rige ahora y que data de 1960, están las categorías de inmigrante, residente provisional, residente permanente, visitante temporal, visitante temporal especial, técnico, entre otras.

DE ABOGADOS Y CóNSULES

La figura del abogado para realizar trámites a los residentes temporales será necesaria. Pero quienes pretenden ingresar al país en calidad de estudiantes, están exentos de ella. De acuerdo con la nueva ley, los extranjeros que deseen estudiar en Panamá deberán tramitar su solicitud ante el personal del cuerpo diplomático y consular de Panamá en su país de origen.

Para obtener la categoría de residente permanente se deberá pagar 250 dólares a favor del Tesoro Nacional. Con la norma actual se pagan 100 dólares. La cuota del fondo de repatriación aumentó de 500 dólares a 800 dólares.

La nueva ley también crea el Registro de Extranjería. Este tendrá toda la información sobre la categoría migratoria del extranjero, a quien se le dará una asignación numérica. Quienes hayan obtenido una condición migratoria permanente o temporal para estar en Panamá, estarán obligados a informar al Servicio de Extranjería el cambio de residencia o cualquier variación en la información suministrada. Si no lo hace, será multado con 100 dólares la primera vez; la reincidencia podría ocasionar la cancelación del permiso de residencia y la deportación.

También es de carácter obligatorio que los extranjeros porten siempre sus documentos, de otra forma serán multados con 10 dólares.

La nueva disposición es mirada con cautela por miembros del Colegio Nacional de Abogados. Una fuente de la comisión de Derecho Migratorio de ese gremio dijo que la ley mejoró bastante, en relación a como se contemplaba en el borrador inicial. Sin embargo, hay quienes han decidido dar la batalla. Miembros de las ocho organizaciones que integran la mesa Nacional de Migrantes y Refugiados se reunieron ayer para analizar la norma y decidir qué acciones tomarán en los próximos días.


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