PROCESO

Cambian medida cautelar a José Raúl Mulino y a Alejandro Garuz

Cambian medida cautelar a José Raúl Mulino y a Alejandro Garuz
Cambian medida cautelar a José Raúl Mulino y a Alejandro Garuz

El Segundo Tribunal Superior de Justicia ratificó una resolución del Juzgado Quinto Penal, que cambió la medida cautelar de José Raúl Mulino y Alejandro Garuz, ministro y viceministro de Seguridad Pública –respectivamente- en el gobierno de Ricardo Martinelli (2009-2014).

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Fiscal pide juicio para José Raúl Mulino y Alejandro Garuz, por la compra de radares a SelexJuez decreta nulidad en parte del expediente de los radaresEl fallo del juez Paniza es ‘sesgado y contradictorio’, alega la fiscal MooreFiscal anticorrupción apela nulidad del expediente de los radares y cambio de medidas cautelaresJuez cambia medidas cautelares de detención provisional a Mulino y Garuz

El Tribunal respaldó la resolución que otorgó a Mulino la medida impedimento de salida del país y notificación cada 30 días. Mulino está detenido preventivamente, desde finales de septiembre pasado, en la sede de la Policía Nacional en Ancón.

Para Garúz se dictó orden de arresto domiciliario. El exviceministro actualmente se encuentra hospitalizado en un centro médico privado, al padecer problemas cardíacos y diabetes. Garuz también es procesado por la interceptación de las comunicaciones desde el Consejo de Seguridad Nacional, caso por el que será enjuiciado junto a Gustavo Pérez, exjefe de la Policía Nacional.

Ambos son investigados por la fiscal Tercera Anticorrupción, Zuleyka Moore por la presunta comisión de delito contra la administración pública (peculado), como parte del proceso por la compra de 19 radares, por $125 millones, a la empresa italiana Selex, filial del conglomerado Finmeccanica.

El Segundo Tribunal Superior consideró -en fallo firmado por los magistrados María de Lourdes Estrada y Adolfo Mejía-  que, en el caso de Mulino, no se justifica la detención preventiva, "tomando en cuenta que es ciudadano panameño, tiene domicilio en la República, no consta motivos de peligro o desatención del proceso, ni tampoco pérdida de pruebas, máxime cuando el expediente se encuentra pendiente de calificar".

El fallo, fechado el 18 de abril de 2016, agrega que Mulino se presentó al ser requerido por la autoridad competente, "no ha realizado ningún acto de sustraerse del proceso".

En cuento a Garúz, el Tribunal valoró su situación médica y concluyó que, en cuanto sea dado de alta, debe ser recluido en su domicilio, bajo vigilancia policial. Este fallo también tiene fecha del 18 de abril y fue respaldado por Estrada y Mejía.

En marzo pasado, el juez Enrique Paniza cambió las medidas de detención preventiva a Mulino y Garuz -que entonces ya se encontraba hospitalizado-, acciones que fueron apeladas por la fiscal Moore, por lo que el expediente pasó al Segundo Tribunal Superior, que resolvió ahora a favor de Paniza.

En febrero, Moore emitió una vista fiscal en la que solicita el llamamiento a juicio de ambos exfuncionarios, a quienes acusa de peculado en perjuicio del Ministerio de Seguridad Pública, por haber recibido los radares adquiridos a Selex y gestionado su pago, con el conocimiento que las pruebas realizadas no cumplían con el alcance pactado en el contrato.

La fiscal también cuestionó el hecho de que el Memorándum de Entendimiento de Cooperación Técnica firmado por Panamá e Italia en 2010 no era de obligatorio cumplimiento, como alegó Mulino.


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