La norma que restablece los plazos de prescripción para los delitos contra la administración pública, aprobada en julio pasado en tercer debate por la Asamblea Nacional, entró en vigencia tras ser publicada hoy en Gaceta Oficial.
Se trata de la Ley 57 de 22 de septiembre de 2015 que modifica un artículo del Código Procesal Penal.
La propuesta fue presentada por la diputada independiente Ana Matilde Gómez.
Esta nueva nueva ley elimina un “camarón legislativo” introducido por diputados de Cambio Democrático (CD) y del Movimiento Liberal Republicano Nacionalista (Molirena), durante la pasada Asamblea y sancionado por el entonces presidente de la República Ricardo Martinelli.
En este “gol” legislativo se modificó el Código Procesal Penal para reducir el término de prescripción para los delitos de peculado, enriquecimiento injustificado y delitos patrimoniales contra cualquier entidad pública a un plazo igual al máximo de la pena para estos delitos, cuando inicialmente la iniciativa buscaba fijar el procedimiento de extradición para ciudadanos extranjeros. La norma se convirtió en la Ley 35 de 2013.
Ahora, la Ley 57 establece: “La acción penal prescribe: Al vencimiento del plazo igual al doble del máximo previsto en la ley para los delitos de peculado, enriquecimiento injustificado y delitos patrimoniales contra cualquier entidad pública”.
