Una semana después del fallido golpe, el gobierno pro dictadura prohibió a gremios y federaciones desarrollar cualquier actividad o pronunciamiento político.
Francisco Rodríguez / LA PRENSA ARCHIVO
La medida fue dada a conocer a través de la Gaceta Oficial, que publicó dos Decretos Ley aprobados el día anterior por el “presidente provisional de la República”, Francisco Rodríguez; el vicepresidente “provisional” Carlos Ozores Typaldos, y los ministros Olmedo David Miranda (Gobierno y Justicia), Jorge Ritter (Relaciones Exteriores), Orville Goodin (Hacienda y Tesoro), Juan Bosco Bernal (Educación), Hidalgo Fung (Obras Públicas), Rodrigo Botello (Desarrollo Agropecuario), Elmo Martínez Blanco (Comercio e Industrias), Maruja Bravo (Trabajo), José Renán Esquivel (Salud), Arturo Diez (Vivienda), Gustavo González (Planificación y Política Económica) y Augusto Valderrama (Presidencia).
En uno de los Decretos Ley se estableció como causal de destitución para los servidores públicos la colaboración, participación o intervención en actos promovidos “por sectores nacionales o gobiernos extranjeros” tendientes a sustituir a las autoridades o que fomenten “delitos de sedición”.
También se les prohíbe convocar o realizar “actos de desobediencia a la autoridad”.
Otro Decreto Ley prohibió a las asociaciones o federaciones civiles hacer “pronunciamientos políticos” o apoyar “actividades subversivas”.
A los infractores se les amenazó con sanciones de hasta 5 mil dólares.
