Comunicado Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta

Comunicado Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta
Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta

La Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta del Canal de Panamá informa que el día 22 de junio del año en curso la Sala III de la Corte Suprema de Justicia, mediante fallo confirmatorio de la resolución No. 3/2020 de 14 de noviembre de 2019, mediante la cual la Junta de Relaciones Laborales del Canal de Panamá, declara que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) cometió las causales de práctica laboral desleal, con relación a la eliminación de un tercer marinero en los remolcadores ALFA que asisten a los buques que transitan por el tercer juego de esclusas del canal ampliado.

Estos hechos fueron denunciados el día 12 de abril de 2018 por la Autoridad del Canal de Panamá, ante los medios de comunicación nacionales como internacionales, acusando a los capitanes de remolcadores de haber provocado la interrupción del tránsito por la vía acuática. La administración anunció despidos y sanciones administrativas para los capitanes que según su versión de los hechos se negaron a cumplir una orden supuestamente legítima, clara y documentada.

El fallo entre otras cosas determinó:

· Que la decisión administrativa fue sorpresiva y supuso la admisión de medidas inmediatas y no legítimas, claras y bien documentadas, como lo afirmó la administración de la Autoridad del Canal de Panamá, en esa ocasión a los distintos medios.

· Que el cambio fue una decisión adversa al normal desenvolvimiento que se instauró desde el 26 de junio del 2016, fecha de apertura del canal ampliado.

· Que la Autoridad del Canal de Panamá (ACP) procedió a implementar una medida en detrimento a las usuales condiciones de trabajo en que operó el canal ampliado desde su apertura.

Por los hechos expuestos se demuestra la inocencia de los capitanes de remolcadores del Canal de Panamá en los hechos ocurridos en la madrugada del 12 y 13 de abril del 2018; en contraste se evidencia la responsabilidad exclusiva de la administración del Canal de Panamá, quienes de manera ilegal cambiaron las condiciones reglamentadas de trabajo de los capitanes de remolcador y las respectivas tripulaciones. Esta acción ilegal y carente de procedimientos generó la supuesta paralización temporal del tránsito de buques por el canal.

Por tanto, la Unión de Capitanes y Oficiales de Cubierta (UCOC) condena la actuación deshonesta y desleal de la administración del Canal de Panamá, que aún teniendo conocimiento que su actuar fue ilegal y arbitrario, procedió a imponer sanciones a un grupo de capitanes, por el solo hecho de haber actuado de manera responsable con el fin de garantizar que el tránsito por el canal se realizara de manera segura e ininterrumpida.

No cabe duda que el proceder de la administración del Canal de Panamá guardaba intenciones de mancillar el buen nombre y prestigio de este grupo de profesionales, que día a día hacen patria con su trabajo y actuar profesional, además de conspirar de manera furtiva en contra de la estabilidad laboral y de los trabajadores del canal que laboran en los remolcadores de la Autoridad y del propio bienestar del régimen laboral especial de la institución.

Exhortamos a la Administración del Canal de Panamá a propiciar un ambiente de trabajo armonioso y de respeto a la fuerza laboral tal como la Ley les ordena, y se abstenga de seguir acosando y atacando al personal que con su trabajo en el campo genera el capital que el canal aporta al país.

Junta Directiva UCOC/2021-2022.

Panamá, 17 de agosto de 2022.

“Las afirmaciones, opiniones, recomendaciones y todo lo expresado en este comunicado son responsabilidad única de su autor y quienes sufragan su publicación”