Antes de que finalice el año 2016, el sistema especial Colón Puerto Libre (CPL) estará oficialmente en funcionamiento. Al menos en la teoría.
Con la promulgación de ayer del Decreto Ejecutivo No. 131 del 4 de octubre de 2016, que oficializó la lista de productos que se podrán comercializar libre de impuestos dentro de las 16 calles de la ciudad de Colón, se inició la última etapa en el proceso de aplicación.
Ahora, la Autoridad Nacional de Aduanas (ANA) tiene un plazo de 60 días para subir los códigos arancelarios de estos productos al Sistema Integrado de Gestión Aduanera (SIGA). Cuando finalice este plazo, que será en la primera quincena de diciembre, es que CPL estará activo de manera oficial.
Pero para pasar de la teoría a la práctica, aún resta que avancen las obras de la renovación urbana de la ciudad de Colón, y que los inversores alquilen y adecúen los locales comerciales.
Los inversores que quieran acogerse a los beneficios fiscales contemplados en la Ley 136 de 2013, que se replicarán en las 16 calles de Colón, ya pueden registrarse en calidad de inversor en infraestructura o comercial ante la asesoría legal de la Zona Libre de Colón (ZLC) y cumplir una serie de requisitos.
Según informó la gerencia de la ZLC, hasta septiembre dos empresas solicitaron registrarse como usuario en CPL. Hasta el momento, la tienda Nevada, que comercializa artículos de salud y belleza, ya alquiló un local dentro de las 16 calles y espera por iniciar la remodelación y adecuación del inmueble.
El ministro de Comercio e Industrias, Augusto Arosemena, informó que próximamente se designará a la secretaria técnica, que dirigirá la secretaría de CPL.
Los productos que se podrán comercializar van desde electrodomésticos, artículos tecnológicos, prendas de vestir, calzados y bisutería hasta artículos para oficina y el hogar, muebles, cosméticos, entre otros. Se excluyeron los licores, cigarrillos y alimentos.
Según las modificaciones aprobadas en abril a la Ley 29 del 30 de diciembre de 1992, que creó el régimen de Colón Puerto Libre los compradores nacionales
y residentes del país podrán hacer compras libres del impuesto de importación hasta mil dólares por semestre. Sin embargo, tendrán que pagar el 7% del impuesto de transferencia de bienes muebles y servicios (Itbms).
En el caso de los compradores extranjeros no residentes y pasajeros en tránsito no tendrán límites en sus compras y no pagarán el Itbms.
