Ministerio de Trabajo mediará para evitar paralización por huelga del ferrocarril Panamá-Colón

Ley 15 del 17 de febrero de 1998 que regula la concesión entre el Estado y la empresa Panamá Canal Railway Company faculta al Ministerio de Trabajo a intervenir entre empleados y empresarios para evitar la paralización de los trabajadores.

Ministerio de Trabajo mediará para evitar paralización por huelga del ferrocarril Panamá-Colón
Ministerio de Trabajo mediará para evitar paralización por huelga del ferrocarril Panamá-Colón

El Ministerio de Trabajo anunció que para evitar una paralización por huelga de trabajadores del ferrocarril Panamá-Colón, creó una mesa de arbitraje donde participarán empleados y patronos de esta empresa.

"A raíz de la declaratoria de huelga por parte de un grupo de trabajadores no organizados de la empresa Panamá Canal Railway Company (Ferrocarril de Panamá) para el próximo día lunes 18 de mayo a partir de las 7:00 a.m., se ordenó someter a arbitraje este conflicto laboral", explicó el ministerio a través de un comunicado.

La institución informó que la decisión tomada de evitar la huelga se fundamente en la Ley 15 del 17 de febrero de 1998 que regula el contrato ley que otorga la concesión a dicha empresa y que fue suscrito entre la República de Panamá y la empresa Panamá Canal Railway Company.

Dicha ley señala: “El Estado expresamente reconoce que las operaciones ferroviarias en Panamá se consideran de utilidad pública y constituyen un servicio público. Los conflictos económicos o de interés que surjan como consecuencia de la relación laboral de las empresas operadoras de ferrocarriles con sus trabajadores se regirán por las disposiciones del Código de Trabajo, pero en cuanto al derecho a huelga de estos trabajadores, en atención a la naturaleza estratégica y de servicio público del trabajo ferroviario, dichas empresas podrán en cualquier momento solicitar al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral que el conflicto se resuelva mediante arbitraje.

A partir de la fecha, los trabajadores y representantes de la empresa deberán nombrar a sus representantes que negociarán en la mesa de arbitraje.

 


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