La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) “sancionará de manera ejemplar a todo agente económico que incumpla el Decreto Ejecutivo No. 612, que flexibiliza la venta de bebidas alcohólicas para consumo personal y domiciliario”, con multas de hasta 10 mil dólares.
Así lo dio a conocer, este sábado 9 de mayo, la entidad, mediante una nota de prensa, en la que recuerda que solo se podrá despachar por persona: seis unidades de cerveza (six packs), o una botella de vino, o una de licor de cualquier tipo, es decir un solo producto por cliente.
También el administrador general de la Acodeco, Jorge Quintero Quirós, advirtió sobre sanciones a los comercios que incumplan con la cantidad permitida y disposiciones en el mencionado Decreto Ejecutivo, las cuales podrían ascender hasta los 10 mil dólares.
Por otro lado, la Acodeco verifica además el cumplimiento del Decreto Ejecutivo No. 114 de 13 de marzo de 2020, que regula el margen bruto de ganancia en toda la cadena de comercialización en artículos de aseo personal y limpieza (23%).
También fiscaliza el Control de Precios sobre 14 productos de la canasta básica de alimentos y asesora a los padres de familia de colegios particulares por insatisfacciones en el servicio pagado a los centros educativos, recordó la entidad.
Para quejas o denuncias las personas pueden contactarse con la Acodeco en la cuenta de WhatsApp 6330-3333, el centro de contacto 130 y la línea de atención ciudadana 311.
Vamos a ser enérgicos con los Agentes Económicos que infrinjan las normas establecidas en el Decreto Ejecutivo 612 que expresa: “Solo se podrá vender o despachar por persona: seis unidades de cerveza o una botella de vino o una de licor de cualquier tipo" #SiempreVigilantes🔎 pic.twitter.com/yihJJKx5kC
— Jorge Quintero Q. (@JorgeQuinteroQ) May 8, 2020


