LEVANTAMIENTO GRADUAL

Comercios podrán abrir solo si tienen un comité de salud

Los consultorios médicos, clínicas privadas y servicios de odontología podrán iniciar operaciones desde el miércoles 13 de mayo.

Comercios podrán abrir solo si tienen un comité de salud
Desde este miércoles 13 de mayo abrirán los talleres mecánicos. Foto: Román Dibulet

Las empresas y comercios que están incluidas en el bloque 1 deberán contar con el comité de salud para retornar mañana miércoles 13 de mayo a la “normalidad en Panamá”.

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Panamá tiene 8 mil 616 infectados por coronavirus; hay 249 fallecidos debido al virusMinsa pone a disposición los lineamientos post Covid-19 a cumplir por las empresas

Ramón Martínez, ministro de Comercio e Industrias (Mici), manifestó que un requisito indispensable para la apertura es la conformación del Comité especial de salud e higiene para la prevención y atención del Covid-19, el cual debe seguir los lineamientos establecidos por el Ministerio de Salud (Minsa).

Este comité deberá estar conformado con dos y hasta seis personas de una entidad o empresa. En el caso de la micro, pequeña y mediana empresa (Mipymes), que no cuentan con la cantidad de personal requerido para la conformación del comité de salud, la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ampyme) les colaborará, detalló Martínez.

El funcionario, a través del programa Yo me informa PMA, manifestó los consultorios médicos también podrán operar desde mañana, pero deben contar con el comité de salud e informar al Minsa de su apertura.

“A estas empresas, una vez realicen la apertura se les estará haciendo verificaciones y deberán contar con un certificado que tiene el logo de Panamá saludable”.

Según Martínez, los consultorios médicos, clínicas privadas y servicios de odontología podrán iniciar operaciones desde mañana siempre y cuando cumplan con los lineamientos establecidos por el Minsa.

En este sentido, dijo que estas deberán comunicarse con el Ministerio de Salud e informales en qué fecha van abrir y que cuentan con los lineamientos del Minsa incluido el comité Covid-19.

En cuanto a los plomeros y electricistas que realizan trabajos de forma independiente e informal deberán formalizar sus servicios y solicitar su salvoconducto a través del las plataformas del Mici.

Martínez también adelantó que dependiendo de las evaluaciones en las próximas dos semanas, se podría dar la orden de apertura del bloque 2 que incluye construcción de infraestructura pública, minería no metálica, industria, lugares de culto, parques, áreas deportivas y áreas sociales con 25% de capacidad y distanciamiento físico con 2 metros de distanciamiento.

Igualmente dijo que los servicios de salones de belleza, barbería, lava autos y centros comerciales están incluidos en el bloque 3. En este bloque están incluidos el comercio al por menor en la modalidad presencial, manifestó Martínez.

La reactivación del sector económica y empresarial dependerá del cumplimiento de las medidas sanitarias establecidas por el Minsa, reiteró el funcionario.

Funciones del Comité de Salud

1.-Revisar el cumplimiento de los protocolos y guías emitidos por las autoridades relacionados al control de la Covid-19.

2.- Monitorear el cumplimiento de todas las medidas determinadas por la empresa para garantizar la salud de los trabajadores y visitantes. (Por ejemplo, mantener la distancia de 2 mts entre cada puesto de trabajo, o turnos escalonados de almuerzo para evitar aglomeraciones).

3.-Le corresponde establecer un mecanismo para detectar oportunamente a trabajadores sintomáticos y asintomáticos.

4.-Implementar la metodología y periodicidad con la que se realizarán las pruebas aprobadas por la Autoridad de Salud.

5.-Reportar a las autoridades sanitarias cualquier sospecha de contagio por la Covid-19 en la empresa.

6.-Debe comunicar y capacitar a los trabajadores sobre las medidas de prevención, control, habitos de higiene e implementación y actualización de protocolos.

7.-El equipo que integra este comité deberá desarrollar, divulgar y colocar materiales alusivos a las medidas de higiene, síntomas y números de contactos entre otros.

8.- Mantener la confidencialidad de la información que resulte de los casos de los trabajadores afectados por la Covid-19.


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