El Mitradel prorroga por un mes la suspensión temporal de los contratos

El Mitradel prorroga por un mes la suspensión temporal de los contratos
En plena cuarentena algunos comercios y establecimientos están cerrados, salvo los que pueden operar según el decreto y disposición del Ministerio de Salud. Foto Roberto Cisneros.

A un mes de poner a disposición de los empleadores la posibilidad de suspender temporalmente los contratos de su personal, el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) ha prorrogado la medida por 30 días adicionales.

La decisión fue comunicada este martes 21 de abril, a través del Decreto Ejecutivo No. 95, que firman el presidente Laurentino Cortizo y la ministra de Trabajo, Doris Zapata.

El Mitradel también ha dado un plazo de cinco días hábiles para que soliciten las prórrogas aquellas empresas cuya suspensión temporal de contratos vence entre el 24 y el 28 de abril.

Hasta las 2:00 p.m. del pasado lunes, el ministerio había autorizado la suspensión temporal de 72,215 contratos de trabajo, repartidos en 3,868 empresas.

El Mitradel prorroga por un mes la suspensión temporal de los contratos
Mitradel

El Código de Trabajo, en su artículo 203, permite la suspensión temporal de los contratos por una semana y hasta por un mes. El Decreto Ejecutivo emitido este martes permite la prórroga por un mes.

Con la suspensión temporal de los contratos, el trabajador no está obligado a prestar servicios, y el empleador no está obligado a pagar salario. Para acogerse a este medida, el apoderado o representante legal de la empresa debe sustentar la afectación y por qué necesita acogerse a la prórroga.

La suspensión temporal de los contratos es una medida adoptada por el Mitradel el 20 de marzo pasado (a través del Decreto Ejecutivo No. 81), luego que las autoridades sanitarias ordenaran el estado de emergencia nacional, un toque de queda y el cierre de varias empresas e industrias, para hacer frente al avance del coronavirus en el país. Hasta la noche del pasado 20 de abril, se habían registrado 4,658 contagios en Panamá, de los cuales 136 han fallecido.

Lea aquí el Decreto Ejecutivo No. 95 del 21 de abril de 2020, del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

Todos los afectados serán incluidos por la Autoridad de Innovación Gubernamental (AIG) en el plan Panamá Solidario, que ofrece bolsas de alimentos y cuatro bonos de $20 cada uno a personas que laboran en los comercios y empresas que han suspendido operaciones por el coronavirus.

Igualmente, el Decreto Ejecutivo No. 95 señala que los empleadores podrán entregar vales de alimentación a sus trabajadores, hasta un máximo del 5% de su renta neta anual para el periodo fiscal 2019. Todos los trabajadores podrán recibir los vales, independientemente de su salario y posición.

Estos vales no serán considerados salario ni ingreso en especie, por lo que no serán objeto de deducciones ni de cálculo de prestaciones.


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