Medida busca disciplina fiscal

Así funcionará el calendario de cierre fiscal para los proveedores del Estado

Así funcionará el calendario de cierre fiscal para los proveedores del Estado
En el Foro Latinex, el ministro Felipe Chapman, destacó la medida de ordenamiento del cierre fiscal. Cortesía MEF

El Ministerio de Economía y Finanzas aclaró que el cronograma para la entrega y el registro de documentos, facturas claves y otros procesos, antes del 30 de septiembre, forma parte de una medida de ‘disciplina fiscal con responsabilidad’ y no afecta la operatividad de las entidades.

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MEF aclara que el cierre fiscal se mantiene hasta el 31 de diciembre, pero deben entregarse las facturas de los proveedores con anticipación

El pasado 5 de agosto, mediante la circular MEF-2025-5262, el MEF instruyó a los entes públicos a cerrar los compromisos y registrar documentos clave antes del 30 de septiembre, no implica un adelanto del cierre fiscal.

Así funcionará el calendario de cierre fiscal para los proveedores del Estado

Por lo que este domingo 14 de septiembre, el despacho que dirige Felipe Chapman recordó los datos clave de este procedimiento:

  1. Planificación temprana: En este sentido, el MEF instó a los organismos públicos a no dejar para última hora los procesos que se han estado formalizando administrativamente desde enero de 2025.

  2. Alerta temprana. El MEF recalcó que si los saldos en el compromiso son mayores o iguales al 50% de lo asignado, las probabilidades de llegar al devengado o al pago son significativamente bajas.

  3. Primera meta septiembre de 2025. El ministerio indica que la primera fase del calendario hace una advertencia oportuna a los entes públicos, de registrar los documentos antes del 30 de septiembre.

Aclara igualmente el MEF que el sistema mantiene una flexibilidad operativa. “Las facturas de septiembre 2025 y o gestiones de cobro que lleguen después del cierre pueden registrarse y devengarse, bajo el lineamiento del punto 3 de la circular, para contratos, o/C y cajas menudas, cuando los proveedores completen la entrega de los documentos”.

Este punto 3 especifica que los procesos administrativos y de fiscalización de la gestión de cuentas de proveedores que lleguen a facturarse en los meses de octubre a diciembre de 2025, deben quedar debidamente devengadas y refrendadas para poder ser consideradas reservas de caja.

El MEF indica que la planificación temprana así como la entrega de documentos y el registro antes del 30 de septiembre tiene beneficios como la posibilidad de llegar a que se efectúe el pago a los proveedores del Estado, en la misma vigencia fiscal 2025.

Igualmente enumera beneficios como la mayor fluidez en los procesos administrativos, la reducción del riesgo operacional y la optimización de recursos y tiempo.

El pasado jueves 11 de septiembre, en el foro de Inversionistas de la Bolsa de Valores, Latinex, el ministro Chapman, reiteró que el procedimiento que sigue el Gobierno Nacional para el cierre fiscal no ha cambiado.

Destacó que se trata de un proceso ordinario que se realiza cada año y cuyo objetivo es garantizar transparencia y orden en la gestión de las finanzas públicas.

“Lo haremos las veces que sea necesario y aquí estamos. ¿Qué estamos aplicando? Por medio de una circular, un calendario de cierre presupuestario y contable del 2025 que siempre ocurre, siempre ha ocurrido, para que estuviese debidamente ordenado”, indicó el ministro.

Chapman subrayó que la primera fase del proceso establece reglas claras para los gastos operativos e inversiones. Además, resaltó que es responsabilidad de los proveedores entregar las facturas completas y a tiempo, de acuerdo con el servicio prestado.

“Si, por ejemplo, su servicio fue en septiembre, presente la factura en octubre o cuando esté listo para presentarla, lo cual ayuda a que el pago de trámites —paradójicamente— está diseñado para beneficio de los proveedores del Estado. Si no se ha comprendido es falta nuestra y tenemos que divulgarlo, y lo haremos”, precisó.

El titular del MEF detalló las fechas clave: el 30 de septiembre se registra el compromiso presupuestario (por ejemplo, una orden de compra), el 22 de diciembre es la última fecha para registro de facturas y el cierre presupuestario se realiza el 23 de diciembre.

“No hay nada fuera de lo normal, nos hemos dado cuenta efectivamente que no lo hemos explicado con suficiente claridad y con suficiente frecuencia e insistencia, y lo vamos a hacer. Hay que priorizar lo esencial: servicios en curso, contratos activos, compras ya recibidas, cerrar trámites en ejecución, subir documentos, actas y facturas, registrar a tiempo. Como decimos los panameños: no dejes para última hora, no dejes compromisos dormidos, pásalos a devengado y coordina con tu contraparte para entregar la factura cuando corresponde”, puntualizó.


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