Multas hasta por $100 mil para empresas que incumplan decreto laboral

Se plantea la posibilidad de enviar de vacaciones hasta por 15 días y de manera obligatoria a las personas sospechosas de tener coronavirus y los que están en observación o lo que ya están afectados. El que se rehúse, será desalojado por la Policía Nacional.

Multas hasta por $100 mil para empresas que incumplan decreto laboral
Si un trabajador usualmente labora 6 días a la semana, con público durante 8 horas, el empleador puede rotarlo a otro puesto de atención al público. Archivo

El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) emitió un paquete de medida laborales de cumplimiento obligatorio en todas las empresas privadas del país, a fin de mitigar y controlar la propagación del coronavirus.

Una de las medidas establecidas en el Decreto 78 de 16 de marzo de 2020, es que a los trabajadores con 70 años o más, al igual que aquellos que padecen enfermedades crónicas y mujeres embarazadas, se les debe brindar la opción de hacer su labor de teletrabajo, en la medida que sus funciones se lo permita.

Otra opción es enviar al empleado a trabajar a disponibilidad (es un concepto nuevo para esta coyuntura), en la cual el trabajador debe estar en su casa, pendiente de las llamadas o indicaciones que le brinde su jefe para cumplir alguna labor dentro de su jornada ordinaria.

Ese periodo estará sujeto al salario pactado en el contrato y los derechos laborales del trabajador, según señala el Mitradel.

También se ha planteado la posibilidad de enviar de vacaciones hasta por 15 días y de manera obligatoria a las personas sospechosas de tener coronavirus, los que están en observación o lo que ya están afectados.

“Si el trabajador o servidor público tiene vacaciones acumuladas, hasta por 15 días debe retirarse, y si no tiene vacaciones acumuladas, entonces se le debe adelantar esas vacaciones”, asegura Carlos Ayala, vocero del Mitradel.

Estas medidas son de obligatorio cumplimiento según el Decreto Ejecutivo N° 78 de 16 de marzo de 2020.

El incumplimiento de estas normativas generará sanciones de carácter laboral.

En el caso del trabajador, sospechoso con coronavirus, que se rehúse irse de vacaciones, de permiso o tiempo compensatorio, podrá ser desalojado de su puesto de trabajo con ayuda de las autoridades sanitarias y de la Policía Nacional.

Los empleadores que no cumplan con las obligaciones de este decreto, podrán ser sancionados por multas desde $10 mil hasta $100 mil.

Otra de las medidas adoptada por el Mitradel es la movilidad laboral. Consiste en cambiar de puesto o funciones a los trabajadores que atienden al público.

“Si un trabajador labora 6 días a la semana con público durante 8 horas, el empleador puede rotar a ese trabajador a otro puesto de atención al público por solo dos días a la semana o media jornada. La idea es reducir el tiempo de contacto con el público. Esta medida aplica también para los servidores públicos”, dijo Ayala.

A partir de hoy también es obligatorio en todas las empresas del país, la creación del Comité Técnico especial de salud e higiene , el cual velará por el cumplimiento del protocolo de higiene y seguridad que consta de:

1.Información general del coronavirus;

2. creación y responsabilidad del comité especial de salud e higiene para la prevención y atención del coronavirus,

3. acciones y medidas generales para la prevención dentro de las empresas del país y

4.- medidas y acciones específicas en cada sector económico.

Por otro lado, el Mitradel abre sus redes sociales y línea de orientación laboral 800- 0016 para resolver dudas de los trabajadores.

Además ha habilitado el correo electrónico consultas@mitradel.gob.pa, para resolver cada una de las preguntas de los trabajadores y empleadores.

También se han creado tres líneas de whatsapp 67393103/ 67393142/ y 67393147 para orientación adicional.


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