El presidente de la Federación Panameña de Atletismo (FEPAT), Ricardo Sasso, le advirtió a la junta directiva del Comité Olímpico de Panamá (COP), que se atenga a las consecuencias legales en caso de que se expulse a los miembros de las diferentes federaciones, que demandaron a ese organismo en diciembre de 1998 por anomalías con los estatutos.
Hablando en nombre propio, Sasso previno al presidente del COP, Melitón Sánchez. Se lo advierto, nosotros vamos a recurrir a los tribunales de justicia y tengan la seguridad de que el comité olímpico se va a ver abocado a peores situaciones de las que se encuentra ahora, dijo.
Las declaraciones del presidente de la FEPAT se dieron en repuesta a Melitón Sánchez, en caso de una expulsión de los 13 presidentes de federaciones que entablaron una demanda contra el COP en 1998. Esta demanda tuvo como consecuencia después de tres años el secuestro de los fondos que mantiene el COP en diferentes bancos del país por un monto de 42 mil 794 dólares.
Sasso dijo entender la situación engorrosa por la que atraviesa el COP, culpando de la misma tanto al presidente del COP como a su junta directiva, que a su juicio no han querido entender que tienen que organizarse dentro de las leyes nacionales y los estatutos que realmente están vigentes.
Nosotros vamos a continuar con la demanda, cualquier acción que hagan en contra de los demandantes va a ocasionar peores consecuencias. En este momento somos conscientes de que no vamos a perder la demanda, ellos la tienen perdida, sentenció.
Sasso adelantó que vamos a informar de todo al Comité Olímpico Internacional y a las organizaciones internacionales, para que se desenmascare de una vez por todas lo que es el COP, ylo que a través de su presidente ha estado haciendo por años, que no es más que usurpando y cayendo en situaciones ilegales y presidiendo de forma dictatorial todo lo que se refiere a la organización deportiva de este país.
El presidente de la FEPAT comentó que el problema de la demanda se basó en la mala utilización de los estatutos del COP, que no están vigentes ni reconocidos por las leyes nacionales. El registro público no tiene el estatuto que el COP está utilizando actualmente, los que tiene son los vigentes de 1970 que llevaron a esta demanda, porque el COP actuó en contra de sus estatutos en las elecciones del 10 de diciembre de 1998.

