La Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP) solicitó al pleno de la Corte Suprema de Justicia que le aclare la sentencia sobre la acción de amparo de garantías constitucionales resuelta a favor de la empresa Panama NG Power.
El administrador de la entidad reguladora, Roberto Meana, a través de su apoderado legal, Carlos Vásquez Reyes, solicita a los magistrados explicación sobre cómo se computa el término de 150 días otorgados a la empresa para presentar su cierre financiero, contenido en el numeral 2 de la parte resolutiva de la sentencia del 20 de diciembre de 2017.
Lo que es necesario que se aclare con precisión, indica la solicitud, es a partir de qué fecha se computará el termino de 150 días que menciona la decisión que se acaba de transcribir y además, si se toma o no en consideración para el cómputo de ese término, los días del mismo que habían transcurrido antes de la fecha en que se suspendió por primera vez la acción de amparo de garantías promovida por Panama NG Power.
En aquella ocasión se le habían otorgado 65 días a Panama NG Power para presentar el cierre financiero, término que concluyó el 13 de octubre de 2017, sin que la compañía hiciera alguna objeción, indicó la ASEP.
Panama NG Power se ganó una licitación en 2013 para el suministro de energía eléctrica con gas natural y una capacidad de 670 megavatios que representa una inversión cercana a los mil millones de dólares. Sin embargo, entre otros factores, el proyecto se ha retrasado por la falta de presentación del cierre financiero a la ASEP, uno de los requisitos exigidos para comenzar la obra.
