La CSS se sobrepone a la mala experiencia

Los primeros programas hipotecarios se otorgaron en 1954, cuando se creó el departamento de préstamos hipotecarios. Pero en 1979, cuando el régimen militar vio la necesidad de financiar una nueva institucionalidad, incluidos partidos políticos y otras actividades “civiles”, la CSS entregó cuantiosos préstamos para financiar proyectos de construcción de viviendas, que terminaron por convertirse en “cuentas malas”. De allí que los préstamos para viviendas estén asociados a la noción de corrupción y pérdida, y no a las de servicio a los asociados y generación de ingresos.

Daixa Díaz de Montenegro, jefa de préstamos hipotecarios de la CSS es, sin embargo, de otra opinión: “No es tanto el escándalo como tal, porque nosotros estamos recibiendo todavía el dinero de muchas de esas casas. La pérdida que se ve no es tal", afirma la funcionaria.

En 1995 se reabrió la cartera hipotecaria de la CSS, con 20 millones de dólares, y en 1996 se aprobaron 40 millones adicionales. En 1997, durante la administración de Marianela Morales, se cerró el programa, al interpretar que la función hipotecaria no le correspondía a la CSS.

Desde ese momento, el departamento hipotecario se dedicó únicamente a cobrar los préstamos y a hacer préstamos internos, que no representaban desembolso de por medio. Después de una evaluación y debido a que la CSS cuenta con el personal administrativo para prestar ese servicio, en noviembre del año pasado se reabre nuevamente el programa con 50 millones de dólares. Aunque no se ejecutó en su totalidad, para el 2002 la institución cuenta con 50 millones más para hipotecas. El interés es de 9% a lo largo del plazo del préstamo.

Puede aplicar para un préstamo hipotecario de la CSS todo asegurado que tenga acreditadas un mínimo de 24 cuotas anteriores a la presentación de la solicitud y estar cotizando en los últimos meses anteriores a la misma. El 33% de los ingresos familiares deben cubrir el monto de la mensualidad. Podrán tomarse en cuenta los ingresos de otros familiares si conviven en la vivienda, y deberán estar anuentes al descuento directo. Además el solicitante no debe tener otros bienes inmuebles a su nombre.

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