CIERRE DE LAS OFICINAS PRIVADAS

Califican de confuso decreto por clasificación al Mundial

Los trabajadores que laboraron el miércoles 11 de octubre recibirán un recargo de 50% sobre las horas laboradas ese día.

Califican de confuso decreto por clasificación al Mundial
El código de trabajo establece que los días de fiesta y de duelo nacional se pagarán con un recargo de 150%.

De híbrido y confuso. Así calificaron abogados laboralistas el Decreto 69 del 11 de octubre que ordenó el cierre de las oficinas privadas por motivo de la clasificación de la selección mayor de fútbol de Panamá al Mundial de Rusia el próximo año.

Aunque el día feriado quedó atrás, las empresas deberán enfrentar el pago a los trabajadores que sí laboraron el pasado miércoles, y todavía no saben cómo pagarlo.

Javier Vallarino, miembro de la junta directiva de la Asociación Nacional de Profesionales de Recursos Humanos de Panamá y especialista en derecho laboral, dijo que la redacción del decreto es confusa, porque utiliza términos que no son de uso corriente en el Código de Trabajo de Panamá.

“Se utilizó el término de ‘día libre’, cuando debió emplearse descanso obligatorio, que sí está contemplado claramente en el Código y se indica el cargo adicional que deben recibir los trabajadores”, explicó el jurista.

Añade que el término de ‘día libre’ se menciona en el artículo 49 del Código de Trabajo, pero solo cuando se trata de personas que trabajan menos de seis días a la semana.

Víctor Batista, contador público autorizado, señaló que basado en las declaraciones del ministro de Trabajo y Desarrollo Laboral, Luis Carles, el 11 de octubre debe pagarse como un domingo.

“Si una persona, por ejemplo, gana 12 dólares diarios, deberá recibir 6 dólares adicionales por trabajar el miércoles de esta semana, cantidad que correspondería al recargo de 50% que establece la ley panameña por haber trabajado un domingo”, explicó.

Inicialmente, el Gobierno había señalado que el día siguiente de que Panamá consiguiera su pase al Mundial de Rusia 2018 sería de fiesta nacional. Bajo este concepto el recargo habría sido de 150%. Sin embargo, 24 horas después de promulgado el Decreto 69, las autoridades salieron a aclarar que se trataba de un recargo de 50%.

Para el expresidente de la Asociación Panameña de Ejecutivos de Empresa y jurista en temas laborales Juan Gabriel González, el decreto confundió al sector empresarial, porque la base legal que se utilizó para su redacción no se ajusta a lo que ocurrió el pasado miércoles, al no ser un día de fiesta o de duelo nacional, que sí están explicados claramente en el Código de Trabajo.


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