El Consejo Municipal de Panamá ordenó ayer la suspensión de las obras del proyecto Albrook Park, en consideración a las quejas de un grupo de vecinos de la Ciudad Jardín de Albrook.
Los residentes, un grupo de estadounidenses jubilados, manifestaron que impondrían una demanda contencioso administrativa en la Sala Tercera, con el fin de suspender la construcción.
También solicitaron a la Embajada de Estados Unidos que advierta a sus compatriotas sobre supuestas violaciones a las leyes del país de parte de instituciones como la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI).
Albrook Park es un proyecto de propiedad horizontal de cinco pisos que la empresa FV Constructors Inc. edifica sobre lo que fuera una barraca de alojamiento para soldados solteros.
El proyecto contempla añadir tres pisos adicionales al edificio, para colocar en el mercado 165 apartamentos que se venderán en 55 mil dólares en adelante.
El grupo de jubilados compró entre 1998 y 2000, 147 viviendas, y han invertido nueve millones de dólares, para formar la Comunidad de Jubilados de Albrook.
Los jubilados consideran que el edificio que se pretende construir no corresponde a las características ambientales y arquitectónicas de la zona, y pondría en peligro la vida silvestre que contemplaba el concepto original de Ciudad Jardín -regido por la Resolución No. 139 del 8 de agosto del 2000- bajo la cual ellos compraron sus viviendas.
Sin embargo, la ARI aduce que cuando los jubilados compraron sus viviendas, las normas de ciudad jardín aún no habían sido definidas.
Posteriormente, el Ministerio de Vivienda cambió la zonificación de C-2 a R3, o de mediana densidad, lo que permite 400 personas por hectárea.
La protesta de los residentes se basa en la supuesta ilegalidad del cambio de zonificación y por la aprobación de pisos adicionales a las residencias de mediana densidad.
De acuerdo con la resolución del Consejo Municipal, la suspensión de Albrook Park se mantendrá hasta que la Procuraduría de la Administración emita su opinión al respecto, o se ejecute la orden de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo, en el caso de que se llegue a presentar a esta Corte.
La decisión del Consejo, que tiene carácter temporal, se tomó tras reuniones efectuadas con los jubilados, la empresa constructora e inspecciones a la obra.

