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Corte avala liquidaciones de dos empresas de seguros

Corte avala liquidaciones de dos empresas de seguros
Corte avala liquidaciones de dos empresas de seguros

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) dio la razón a la junta directiva de la Superintendencia de Seguros y Reaseguros de Panamá en los casos de las liquidaciones forzosas de Istmo Compañía de Reaseguros (Istmo Re) y Seguros Constitución.

El pleno de la CSJ no admitió la acción de amparo de garantías constitucionales presentado por los representantes de legales de Istmo Re contra la resolución de la junta directiva del regulador, que decretó en abril de 2017 la liquidación forzosa de la reaseguradora.

La compañía defendió en su petición que no se respetó el debido proceso porque se ordenó la liquidación forzosa sin que hubiese culminado el plazo fijado para la intervención (que era de 180 días).

El pleno rechazó la petición de la reaseguradora y recordó que según la Ley 63 de 1996 el periodo de intervención para la liquidación forzosa puede ser “no mayor de 180 días calendario”. Por tanto, considera que la autoridad efectuó la intervención dentro del plazo.

SEGUROS CONSTITUCIÓN

En otro caso, el pasado 22 de febrero, la Sala Tercera de la CSJ resolvió que no es ilegal la resolución JD-43 que ordenó la liquidación forzosa de Seguros Constitución, luego de que la empresa presentara una demanda contencioso administrativa contra la resolución.

La aseguradora señaló en la demanda que la junta directiva no tenía la facultad para decretar la liquidación forzosa y que la empresa no se encontraba en estado de insolvencia ni existía un motivo insubsanable que hiciera imposible su recuperación.

Seguros Constitución fue intervenida en agosto de 2015, luego de dos procesos de regularización.

La administradora interina nombrada por la Superintendencia advirtió varias irregularidades, como la existencia de reclamos de finanzas sin atender, una deuda con el Estado en concepto de impuestos o un déficit patrimonial de $7.9 millones.

La Sala Tercera señaló en el fallo que a través de la toma de control “se comprobó la precaria situación financiera, contable, de seguros y finanzas en la que se encontraba esta empresa aseguradora, situación que conllevó a que se decretase su liquidación forzosa”. Además, señaló que la junta directiva del regulador está facultada para decretar la liquidación forzosa de una empresa aseguradora.


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