Según la referencia del consejo de ministros celebrado el fin de semana, este importante convenio tiene la finalidad de eliminar la doble imposición para evitar que los nacionales de un país que obtengan rentas en el territorio del otro vean doblemente gravada su base imponible.
Este convenio se aplica sobre los impuestos de la renta y el patrimonio exigibles en cada Estado contratante, cualquiera que sea el sistema de su exacción.
A tales efectos, se consideran impuestos sobre la renta y el patrimonio los que gravan la totalidad o una parte de estos conceptos, incluidos los impuestos sobre las ganancias derivadas de la enajenación de bienes muebles o inmuebles y los impuestos sobre el importe de sueldos o salarios pagados por las empresas.