CON NUEVA LEY SE PUEDE OBTENER UN BENEFICIO FISCAL

Haga el avalúo de su propiedad

Haga el avalúo de su propiedad
Recomendación. El avalúo debe ser refrendado por un profesional idóneo. CORTESÍA/Activentas

Aquellas personas que no hayan hecho el avalúo voluntario de sus propiedades tendrán hasta el 30 de junio próximo para gozar de manera inmediata de los beneficios que otorga la Ley 49 de 17 de septiembre de 2009, entre los que se incluye el menor pago de impuesto de inmueble.

La norma, que entró en vigencia el 1 de enero de 2010, ofrece la ventaja fiscal de que en el momento que una persona quiera vender su propiedad, pueda incrementar el valor catastral de su inmueble y que el mismo sea tomado como el costo básico para el cálculo de la ganancia de capitales. Esto conlleva la posibilidad de disminuir, de manera parcial o total, el impuesto a pagar por la ganancia obtenida en esta transacción.

Directivos del Instituto de Valuaciones y Peritajes de Panamá (Ivappan) opinaron que el asunto no solo es cuestión de “valores”, sino que la gente vaya actualizando sus datos catastrales antes de que llegue un barrido catastral general por parte del Estado y sus inmuebles le confieran un valor promedio según estimen especialistas.

“La importancia (de aprovechar esta norma) es que la gente actualice el valor catastral de su propiedad”, afirmó Jorge Beluche, presidente de Ivappan.

Beluche explicó que de hacerse el barrido catastral general, la propiedad quedará actualizada bajo esta medida. Es decir, que si en el área en que se encuentra el bien inmueble se saca un promedio, este afectará a todas las propiedades que podrían tener un valor superior al que se calculó.

Para evitar este inconveniente, los expertos recomiendan que lo primero que tiene que hacer la persona es conseguir una empresa o valuador profesional que esté inscrito y autorizado ante la Dirección de Catastro y Bienes Patrimoniales (DCBP) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Habría que contactar a esta institución y confirmar que la persona que le hace el avalúo está en el listado de las compañías o profesionales autorizados para efectuar este proceso.

Una vez que se comunica con el experto valuador, éste visita la propiedad, efectúa los avalúos pertinentes, hace sus informes y posteriormente realiza los trámites necesarios ante la DCBP.

Según Jorge Beluche, los costos de los avalúos van de acuerdo con el valor de la propiedad y a ese valor se le pone una tarifa que varía de un dólar a $1.50 por cada millar del valor del inmueble. “Por ejemplo, una propiedad que valga 200 mil dólares a una tarifa de un dólar sale a 200 dólares el avalúo, más el ITBMS (5%) que establece la ley”, detalló.


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