IMPUESTO DE INMUEBLES

Reforman tramos de intereses preferenciales

Reforman tramos de intereses preferenciales
En 2016, el monto en subsidios generado por los intereses preferenciales ascendió a $100 millones.

En la reforma al impuesto de inmuebles se introdujo un cambio al régimen de intereses preferenciales que entrará en vigor a partir de enero de 2018.

Actualmente, las propiedades con un valor registrado entre $40 mil y $80 mil reciben un descuento de hasta cuatro puntos porcentuales respecto a la tasa de referencia, mientras que las propiedades entre $80 mil y $120 mil reciben un descuento de dos puntos.

La diferencia entre la tasa de mercado y el interés preferencial es un subsidio que el Gobierno posteriormente reconoce a los bancos. Con la reforma se equiparan los dos tramos y cualquier propiedad entre $40 mil y $120 mil tendrá derecho a un descuento de hasta cuatro puntos porcentuales en la tasa de la hipoteca.

Para las propiedades con un valor de hasta $40 mil, el tramo preferencial seguirá siendo igual a la tasa de mercado, es decir, estará subsidiado al 100%.

La diferencia entre la tasa de mercado y la preferencial es un subsidio que el Gobierno sufraga con el Fondo Especial de Compensación de Intereses (FECI), una sobretasa que se aplica a préstamos personales y comerciales superiores a $5 mil.

El beneficio está vigente desde 1985 y favorece con tasas de interés reducidas a las viviendas nuevas que son la residencia habitual de una persona.

Al ampliar el descuento a los préstamos hipotecarios entre $80 mil y $120 mil aumentará el gasto en el subsidio, que en 2016 fue de $100 millones, según datos preliminares del Ministerio de Economía y Finanzas.

El gobierno reconoce a los bancos un crédito fiscal por la diferencia generada por los intereses preferenciales.

No obstante, varios banqueros advirtieron que la Dirección General de Ingresos demora en emitir las certificaciones que reconocen el crédito fiscal, lo que ha desalentado el interés de los bancos por conceder este tipo de préstamos.

El proyecto de ley 509 amplía de tres a cinco años el periodo en que los bancos pueden hacer uso del crédito fiscal.

Los créditos que hayan prescrito en 2017 recobrarán su vigencia y quedarán sometidos al nuevo plazo de cinco años.


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