Cansado de que el IDAAN no atendiera su reclamo, Aguilar acudió a la Defensoría del Pueblo, que acogió su queja a principios de este mes.
Aguilar sostiene que por años recibió y pagó una cuenta por el servicio de agua potable de ocho dólares mensuales, suma que, según él, todavía pagan sus vecinos.
Sin embargo, a partir del 2000, la cuenta de Aguilar se disparó de ocho a 34.93 dólares mensuales. En busca de una explicación, presentó un reclamo ante el IDAAN. No obstante, la institución reaccionó retirando el medidor de la residencia de Aguilar.
Desde entonces, Aguilar señala que el IDAAN le ha establecido, "como tarifa base", la suma de 34.93 dólares mensuales por el consumo de agua. Nadie le ha explicado por qué la tarifa aumentó de manera tan dramática.
También agregó que la institución le ha cortado el agua "como en seis" ocasiones y reconoce que, por negarse a pagar las facturas, ha acumulado una cuenta de unos mil 300 dólares, "del 2000 para acá". Lamenta que cada vez que se acerca al IDAAN buscando un arreglo de pago "me dicen que eso yo lo consumí, a pesar de que no tengo medidor".
El afectado acudió a la Defensoría del Pueblo, "puesto que a pesar de haber pedido en reiteradas ocasiones al Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales la reinstalación del medidor, le responden que lo harán; sin embargo, no cumplen", señala la Resolución 1299a-03, del 8 de julio del 2003, que lleva la firma del defensor Juan Antonio Tejada Espino.
Se intentó entrevistar a Laurencio Guardia, gerente del IDAAN, pero éste no atendió los requerimientos de La Prensa. No obstante, su asistente, Juan Mora, dijo no tener conocimiento sobre este tema.
Jorge Fabián Gutiérrez, director de Orientación y Protección de los Derechos Humanos de la Defensoría, informó de que el IDAAN tiene hasta mañana para responder a la Resolución 1299a-03. Agregó que una vez que el IDAAN remita su versión, "veremos si hay una violación o no".
Mientras esto se resuelve, Gutiérrez señaló que Aguilar continúa "pagando por un servicio que no sabe si consume". Adujo que Aguilar sustentó su queja ante la Defensoría del Pueblo, al aportar varias facturas del IDAAN.
Reconoció que la Defensoría "no tiene poder coercitivo alguno", pero que, en casos como el de Aguilar, lo que se pretende es resarcimiento "del derecho vulnerado", que no es otro que el "derecho de petición".
Según el Artículo 41 de la Constitución Política, "toda persona tiene derecho a presentar peticiones y quejas respetuosas a los servidores públicos por motivos de interés social o particular". El servidor público deberá resolver la queja, petición o consulta en un término de 30 días.
En lo que va del año, la Defensoría del Pueblo ha acogido 31 quejas contra el IDAAN, aunque no todas están relacionadas con la sobrefacturación.
Gutiérrez enumeró que, entre otras cosas, los quejosos alegan falta de agua potable "o falta total del servicio", problemas con los tanques sépticos y complicaciones derivadas de los trabajos de ampliación e instalación de tuberías.

