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Aceptan impugnación de Meco contra orden emitida por el MOP

Aceptan impugnación de Meco contra orden emitida por el MOP
El puente tendrá una longitud de 1.4 kilómetros. Archivo

El Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas (TACP) aceptó el recurso de impugnación que presentó el consorcio Bayano integrado por la empresa costarricense Meco y su filial en Panamá, contra la orden de adjudicación emitida por el Ministerio de Obras Públicas (MOP) para la construcción de un puente vehicular sobre el río Bayano.

La orden del MOP es a favor de la empresa Ingeniería y Tecnología Especializada, S.A. (Itecpa), que ofertó 22.8 millones de dólares.

Meco solicita al Tribunal que revierta la orden de adjudicación emitida por el MOP; que se anule el informe de la comisión evaluadora donde Itecpa obtuvo la mejor calificación y que el contrato sea adjudicado al consorcio Bayano.

Aunque el consorcio Bayano presentó la oferta más baja, con $22 millones 72 mil , su propuesta no fue evaluada tras el reclamo que interpuso Itecpa donde se indicaba que la constructora costarricense y su filial panameña no habían cumplido con todos los requisitos solicitados en el pliego, específicamente los relacionados con el financiamiento del proyecto.

Luego de aceptar el recurso de impugnación, que fue respaldado con una fianza de 3 millones 465 mil dólares, que corresponde al 15% del precio estimado del proyecto, el TACP pidió al MOP que enviara su informe de conducta para conocer el desarrollo del acto público. El documento firmado por el ministro del MOP, Rafael Sabonge, indica que la institución, al igual que la comisión evaluadora, actuó dentro de los lineamientos de la ley de contrataciones públicas.

Meco sostiene que en el pasado el MOP ha validado cartas de financiamiento similares a las que la empresa presentó en la licitación del contrato para la construcción del puente sobre el río Bayano. El puente está dentro del paquete de obras de infraestructura que el MOP está licitando bajo la figura de ‘llave en mano’, donde el contratista debe aportar los fondos para ejecutar el contrato, y luego el Estado cancela la deuda al recibir a satisfacción el proyecto.


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