Héctor Aquiles González *
OPINIÓN.
Un contrato, sin ser un abogado experto, no es más que un acuerdo entre las partes para la consecución de algún bien o servicio que se ofrezca en el mercado, y que hoy día existen de todos los colores y sabores. Este pacto tiene fuerza de ley entre las partes, y es de obligatorio cumplimiento.
Cada vez que usted se apersone a adquirir un bien o reclamar un servicio solicite su factura, ya que ella lo protege en caso de algún reclamo, tales como incumplimiento de garantía, vicios ocultos, piezas defectuosas, entre otras irregularidades que se puedan presentar en un futuro.
Sin embargo, algunos agentes económicos han adoptado un nuevo sistema, y es el de llamar al cliente a su teléfono móvil, de trabajo o residencia para ofrecerles un producto o servicio.
Hábiles telemercaderistas entrenados van dando toda la información y al final dicen “se lo cargamos a su cuenta”, y muchos pensando que les conviene aceptan el ofrecimiento.
Este sistema también lo usan en la calle, otorgando un servicio personalizado al cliente, mostrando las bondades del producto o servicio.
Lo malo con este método es que no dan contrato por ningún lado, el mismo brilla por su ausencia ocasionando grandes dolores de cabeza al consumidor cuando después de un tiempo quieren rescindir del bien o consideran que el servicio es de mala calidad.
Nuestra recomendación es no hacer ningún tipo de contrato verbal con nadie. Exija que toda la belleza del cielo y la tierra que le ofrecen sea por escrito, porque las consecuencias pueden ser funestas, tal como asistir a las empresas a reclamar cobros indebidos, cargos que le llegan a su cuenta que usted no sabe que son, películas que no vio, cajillas extras que no pidió, llamadas internacionales que no realizó y a la hora de rescindir de todos estos servicios, no puede porque no existe un contrato escrito.
Así que exíjalo por su salud comercial.
