Exclusivo
VENTANA FISCAL

Cuando nos cuesta no se hace fiesta

El Decreto Ejecutivo N° 9 de 23 de febrero de 2006 “Por el cual se regula el salario en especie y otras remuneraciones personales con retención en la fuente”, es una norma que debe ser aplicada por quien tiene la obligación constitucional y legal de hacerlo. Algunos rubros de moda que constituyen salario en especie para el trabajador (sector público o privado):

Vehículos para el uso del trabajador o su familia (por compra, alquiler y uso libre de este), combustible, pago de teléfono y demás servicios básicos de uso residencial, compra de teléfonos celulares y el pago de este servicio para uso personal y discrecional del trabajador.

En el caso del automóvil, combustible, telefonía celular, siempre que el trabajador requiera de estos bienes y servicios para realizar sus funciones y dentro del horario laboral, entonces no será considerado como salario en especie.

El artículo 732 del Código Fiscal, con respecto a los empleados públicos indica: “La Contraloría General de la República, las entidades autónomas del Estado y los municipios deducirán y retendrán mensualmente o cuando se paguen, de los sueldos, dietas, pensiones, ingresos por gastos de representación, bonificaciones, honorarios y demás remuneraciones por servicios personales o profesionales que devenguen los empleados públicos, así como las personas contratadas en concepto de servicios profesionales, las sumas que estos deban al Tesoro Nacional en concepto del impuesto sobre la renta, y expedirán a dichos empleados los recibos que correspondan a las deducciones que se hagan. (…)”.

El salario en especie es una forma de recibir ingreso o remuneración por el trabajo que desempeña el trabajador, correspondería preguntarse si, ¿aquellos bienes que sí son considerados como salarios en especie y que los funcionarios públicos disfrutan, les correspondería pagar impuesto sobre la renta sobre el uso de estos bienes de forma discrecional, fuera del horario de las oficinas públicas y que además se pagan con fondos públicos? La respuesta es sí, y adicionalmente debe aplicar el seguro social.

Cápsula fiscal

Una de las claves para lograr mayor recaudación al menor costo, es tener una administración gubernamental transparente, con rendición de cuentas en el uso correcto de los tributos recaudados y cero tolerancia a la corrupción. El futuro fiscal de Panamá depende de nosotros, sigamos trabajando juntos y no permitamos que se siga insultando nuestra inteligencia y haciendo fiesta con lo que nos cuesta a todos.

El autor es abogado especializado en materia tributaria.


Última Hora

  • 23:32 Diputados aprueban en tercer debate las reformas al Reglamento Interno  Leer más
  • 23:00 El terremoto pone a prueba al Gobierno de De la Espriella horas después de asumir el poder Leer más
  • 22:54 Google anuncia una nueva red de cables submarinos entre América y Europa Leer más
  • 22:21 Quién era el rapero Tupac Shakur, cómo fue asesinado y por qué 30 años después el crimen sigue sin esclarecerse Leer más
  • 22:14 Aeropuerto de Pereira, con operación comercial suspendida e incertidumbre sobre reapertura Leer más
  • 22:04 Queda desierta licitación para tercer operador móvil en Panamá Leer más
  • 21:42 Cristian Martínez y César Blackman quedan a un paso de la Champions League con el Slovan Bratislava Leer más
  • 21:39 Alcaldía de San Miguelito analiza nuevas restricciones de movilidad por el aumento de homicidios Leer más
  • 21:30 Vikingos y Universitarios reparten puntos en el cierre de la jornada Leer más
  • 21:23 Cristiano Ronaldo y Georgina Rodríguez se dan el ‘sí’ en una ceremonia íntima Leer más