A partir del 1 de febrero próximo hasta las 12:00 m.d. del 11 de abril de 2020 queda establecido el primer período de veda del camarón en Panamá.
Flor Torrijos, administradora de la Autoridad de los Recursos Acuáticos de Panamá (ARAP), manifestó que “durante este período queda terminantemente prohibida la captura de camarones marinos de cualquier especie en toda la República de Panamá, como lo establece el Decreto Ejecutivo N°158 de 31 de diciembre de 2003”.
Este primer período de veda del camarón se realiza con el propósito de darle oportunidad a las especies para reproducirse, garantizando así la sostenibilidad de este importante recurso pesquero, dijo Torrijos.
Todos los establecimientos comerciales, plantas procesadoras de productos pesqueros, finca de cultivos de camarones, comercializadores e intermediarios que se dedican a la actividad comercial del camarón deberán contar con un certificado de inspección ocular para poder vender el camarón que habían capturado antes de la veda.
Dicho documento les permite también tener el aval para almacenar el producto durante el período restrictivo.
