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SERVICIO PÚBLICO

Ley obliga a eléctricas a tener atención al cliente en cada corregimiento cabecera

Ley obliga a eléctricas a tener atención al cliente en cada corregimiento cabecera
Las empresas ENSA y Naturgy son las responsables de brindar el servicio de distribución de energía. Gabriel Rodríguez

Las empresas eléctricas Naturgy (Edemet y Edechi) y ENSA deberán establecer como mínimo una oficina o agencia comercial para la atención de los clientes en cada corregimiento cabecera del país para realizar todos los trámites relacionados con la actividad del servicio público de distribución y comercialización de la energía eléctrica.

Esto es una de las adiciones al artículo 112 de la Ley 6 de 1997, sobre marco regulatorio e institucional para la prestación del servicio público de electricidad y que fueron incluidas en la Ley 194 del 31 de diciembre de 2020, sancionada por el Ejecutivo y publicada en la Gaceta Oficial.

Esta modificación busca que los clientes de las empresas de distribución eléctrica tengan una oficina física donde puedan acudir a realizar pagos y presentar todos los trámites necesarios para un reclamo o instalación del servicio, según sustentó en el proyecto la diputada Yanibel Ábrego, proponente.

En el caso del distrito de Panamá, las empresas deben tener como mínimo cuatro oficinas o agencias comerciales, mientras que en los distritos de San Miguelito y Colón, se deben establecer como mínimo dos oficinas o agencias comerciales por concesionario.

Igualmente se establece un periodo “que no excederá los seis meses para adecuar las oficinas donde las empresas de distribución eléctrica ya tengan oficinas o agencias comerciales de atención al cliente”. En el caso de los distritos cabecera donde no hay oficinas de las empresas “tendrán un término que no excederá de la mitad de un periodo tarifario, contado desde la vigencia de la adición de este artículo, para tenerlas totalmente operativas”. Cada periodo tarifario tiene cuatro años, es decir, el plazo que se establece no debe ser superior a los dos años para que se instale una oficina en los distritos cabeceras donde no hay actualmente.

“Las facilidades que las empresas aludidas deben brindar, a través de puntos satélite u oficinas, deben permitir que los usuarios puedan acudir a éstas para, entre otros asuntos, presentar quejas, hacer reclamos o consultas y recibir respuesta pronta, oportuna y cualificada, con la finalidad primaria de garantizar los derechos de los usuarios”, señaló Abrego en su sustentación.


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