La tenue paz que subsiste entre indígenas y colonos latinos en la comarca Emberá Wounaan está a punto de romperse por el viejo problema de la ocupación de tierras en esta alejada provincia.
El pasado 8 de abril, la Corte Suprema de Justicia resolvió un amparo de garantías constitucionales que para unos favorece a los indígenas en su aspiración a expulsar a colonos campesinos de sus tierras, mientras que los otros estiman que el alto tribunal permite a estos últimos mantenerse en las tierras disputadas.
Manuel Fuentes, abogado de una de las familias campesinas amenazadas con lanzamiento, explicó que en el amparo de garantías presentado por los abogados indigenistas Héctor Huertas y Gustavo Chanchoré, la Corte Suprema ordenó suspender toda acción de desalojo en sectores comarcales de Sambú, en especial Sambú Colonia Chiricano, Altos de Río de Jesús, Río El Charro, Río Santa Rosa y Río Borifón.
Los abogados Huertas y Chanchoré alegaban que la sentencia N° 7-12 de 23 de agosto de 2012, dictada por el juez mixto de Circuito de Darién, Agilio Gudiño, era inconstitucional. Sin embargo, la Corte aclara que en la resolución de 22 de agosto de 2014, emitida por el Primer Tribunal Superior de Justicia, se indica que el juzgado actuó de forma correcta al suspender todo acto de desalojo de estas familias.
Agrega que el fallo se basó en dos aspectos: anular la orden de lanzamiento de las 73 fincas que ocupan 104 familias de colonos residentes, cuya población asciende a 550 personas.
A la vez, revoca la orden emitida por el juez Gudiño a la Autoridad Nacional de Administración de Tierras (Anati), de expedirles derechos posesorios a estas familias, ya que esta es una acción en derecho que puede hacerse posteriormente, en forma individual, por cada familia.
“Lo importante es la suspensión total de los lanzamientos que solicitaban el corregidor Olindo Bacorizo y los dirigentes Edilberto Dogiramá, presidente del Congreso General Emberá Wounaan y el entonces cacique general de la comarca, Bethanio Chiquidama”, precisó Fuentes.
No prosperarán
Sobre las demandas que pudieran interponer los indígenas en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, señaló que en esta esfera ello no prosperará, dado que el Estado panameño no viola el derecho interno.
Las familias de colonos amenazadas en el sector de Sambú llegaron a estas comunidades a partir de las décadas de 1950 y 1960, mientras que las afrodescendientes, incluidas también en el desalojo, tienen más de un siglo de ocupar estas tierras, es decir, mucho antes de aprobarse la Ley 8 de 1983, que creó la comarca.
No obstante, el abogado Huertas entiende el fallo de otra manera, y sostiene que la Corte confirma que estos grupos de colonos campesinos deben salir muy pronto, para lo cual ya preparan las acciones de desahucio.

