En mi profesión de político, muchas veces tuve que hacerle frente a mis adversarios y enemigos. Siempre los enfrenté con la verdad al descubierto y sin ninguna clase de tapujos. Ahora que me dedico por completo al ejercicio de mi profesión de abogado y a la enseñanza universitaria, debo entonces explicar a mis clientes, amigos y discípulos, cualquier acto que pueda poner en tela de duda mi reputación y hombría de bien, reservándome, eso sí, por la confidencialidad que le debo a mis clientes, los nombres de las personas y entidades involucradas en el caso.
A principios de junio de 2002, acudió a nuestras oficinas una clienta de origen nicaragüense requiriendo nuestros servicios profesionales, debido a que una sociedad anónima de su propiedad recibiría la suma de B/.3,000,000.00 de un banco local, producto de un proceso judicial instaurado en un juzgado civil de la ciudad de Panamá. La mencionada clienta llegó a nuestras oficinas con excelentes recomendaciones bancarias, con lo cual dimos cumplimiento al mandato legal que establece que los abogados debemos conocer a nuestros clientes. Al preguntarle sobre cómo había obtenido esos dineros y cómo había abierto dicha cuenta en el banco, nos explicó en detalles las excelentes relaciones que tenía con el mencionado banco, por lo que era de presumir su legal procedencia.
Nuestra clienta había contratado con anterioridad a unos abogados para que le tramitaran un proceso civil en Panamá. Al presentarse ella por primera vez a nuestras oficinas el 3 ó 4 de junio, ya ese proceso estaba concluyendo, sin conocer nosotros a esos abogados ni tener conocimiento del tal proceso judicial. El 7 de junio de 2002, el Juzgado Séptimo de Circuito Civil entregó al representante legal de la sociedad Grupo Santa Marta, S.A. un oficio en que ordenaba a dicho banco, que procediera a entregar la suma de B/.3,000,000.00 a la mencionada sociedad, lo cual hizo el banco el 11 de junio de 2002 mediante entrega en el Juzgado Séptimo de Circuito de cheque por esa suma.
El 12 de junio de 2002, el representante del Grupo Santa Marta retiró en el Juzgado Séptimo de Circuito Civil cheque de gerencia de ese banco por B/.3,000,000.00, y siguiendo instrucciones de nuestra clienta, propietaria de las acciones de dicha sociedad, entregó el cheque emitido a nuestra firma forense. Nuestra clienta quería tener en buen recaudo jurídico temporalmente dicha suma que había recibido por órdenes de un tribunal panameño, para posteriormente realizar en nuestro país una serie de inversiones en diferentes actividades comerciales con ese dinero y otro que pronto le llegaría a Panamá producto de venta de inmuebles en la ciudad de Miami.
Las operaciones bancarias que se realizaron en el banco en cuestión, con el cheque de gerencia que recibió Grupo Santa Marta, S.A., a través de una resolución judicial de un tribunal panameño, se realizaron de acuerdo a mandato de nuestra clienta. Nuestra firma de abogados, al realizar dichas operaciones bancarias, no tenía conocimiento ni tenía por qué saber de la existencia de un auxilio judicial internacional que se realizaba por parte de las autoridades de Panamá a solicitud de las autoridades de Nicaragua, por supuesta corrupción de funcionarios en dicho país centroamericano.
Nuestro conocimiento de esta investigación se dio el sábado 15 de junio del presente año, fecha en la que el banco nos notificó de dicha situación, a pesar de que, según nos enteramos después, habían recibido una comunicación en tal sentido el 31 de mayo del 2002, indicándonos en esa fecha el banco que dicho oficio se les había traspapelado. Desde el 12 de junio, o sea, 4 días antes, ya teníamos la disposición de los dineros que hoy se investigan. Como abogado puedo afirmar que conocemos los orígenes del dinero que se investiga en base a la información que nos brindó nuestra cliente, afirmando que dichos dineros se encontraban depositados en un prestigioso banco local, presumiendo nosotros de legitimidad.
Tal como siempre ha sido nuestra trayectoria como abogados y a nivel personal, estamos colaborando y continuaremos colaborando con el Ministerio Público en dicha investigación con la finalidad de que se esclarezca esta situación, tal como siempre lo hemos hecho, pues no es política nuestra ser facilitadores o protectores de hechos o situaciones anómalas o contrarias a la ley.
Se trata, pues, de los gajes del oficio del abogado, el cual procuro realizar con la mayor diligencia, dedicación y honradez.
Finalmente, quiero aclarar que los dineros que me fueron transferidos legalmente por instrucciones de mi clienta, en su totalidad están en las manos del banco. Como muestra de la buena fe que en todo momento mantuve en esta actuación profesional, en lugar de cambiar en otro banco los cheques de gerencia a mí posteriormente entregados, con lo cual al banco que lo emitió no le hubiera quedado más remedio que pagarlos, los deposité en mis cuentas en dicho banco, del cual he sido su cliente por más de 25 años.
