Panamá ya tiene experiencias negativas con la minería metálica a cielo abierto, como es el caso de la mina Santa Rosa, en Cañazas, Veraguas. Después de alegar dificultades económicas, los administradores incumplieron el protocolo de cierre contemplado en el estudio de impacto ambiental, lo que causó perjuicios a la salud, contaminó las aguas y afectó las actividades económicas de la población aledaña. Igual pasó en Cerro Quema, en Los Santos, en donde la población denunció la contaminación del río, y provocó que en varias ocasiones exigieran cerrar la empresa.
En Colón, las mineras ocupan la zona del Corredor Biológico Mesoamericano y su actividad genera impactos negativos sobre la rica flora, fauna y los acuíferos de la región, lo que ya ha generado denuncias y protestas. Por su parte, los pobladores de las comarcas rechazan, de forma heroica, los intentos que se hacen para iniciar la explotación en esas áreas.
Panamá no tiene vocación minera, su verdadero tesoro es la rica biodiversidad y las reservas de agua. Por lo anterior, presentamos ante la Oficina de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional, la propuesta de un anteproyecto de ley que prohíbe la minería metálica a cielo abierto en toda la República.
El proyecto establece que “No se otorgarán permisos ni concesiones para actividades de exploración y explotación de minería metálica a cielo abierto en el territorio nacional”.
Con esto evitaríamos que el país se convierta en una enorme planta de tratamiento con químicos contaminantes, al “prohibir las actividades que utilicen técnicas de lixiviación con cianuro o mercurio en minería, y el uso inadecuado de sustancias peligrosas, de conformidad con lo establecido por la Organización Mundial de la Salud”.
Para garantizar la sostenibilidad de las comunidades en donde se tenía pensado desarrollar la minería metálica, se establece que en un plazo de tres años el Estado procurará los esfuerzos necesarios para promover alternativas productivas, como el turismo, la agricultura sustentable y las artesanías.
La propuesta es respetuosa de la seguridad jurídica, por lo que garantiza “los derechos de concesión adquiridos en cumplimiento de todos los requisitos de la normativa nacionales, con anterioridad a la entrada en vigencia de esta ley”. En cambio, los trámites relacionados con permisos de exploración y concesiones de explotación para realizar actividades de minería metálica a cielo abierto “que se encuentren pendientes de resolución ante el Ministerio de Comercio e Industrias o ante la Autoridad Nacional del Ambiente, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, deberán ser archivados”.
Por último señala que “ningún permiso o concesión para minería metálica a cielo abierto será renovado o prorrogado, después de haberse extinguido estos por cualquier motivo, de conformidad con la legislación que los regula”.