Regulan expedición de récord policivo

El récord policivo podría dejar de ser un obstáculo para miles de panameños que ven truncados sus esfuerzos por conseguir un empleo.

Anoche, el pleno de la Asamblea Legislativa aprobó, en segundo debate, un proyecto de ley por el cual se regula la expedición de los récords policivos y se realizan ciertas modificaciones al respecto a la Ley Orgánica de la Policía Técnica Judicial (Ley 16 del 9 de julio de 1991).

Según este proyecto de ley, “solo a título personal mediante poder [legal], las autoridades con competencia para investigar y decidir delitos o faltas y las jurisdicciones especiales creadas por la Constitución del país, podrán solicitar copia o certificación de las fotografías, datos de filiación, huellas dactilares e historiales penales de las personas condenadas por delitos o faltas punibles sancionadas”.

Con ello, y según explicó el legislador perredista Felipe Cano (presidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa), el récord policivo “pasará a ser eliminado a partir de la aprobación de esta ley en tercer debate. Nadie más podrá solicitar el récord policivo, salvo las entidades policivas y judiciales autorizadas para ello”, dijo.

Cano agregó que en este proyecto de ley se incluye la eliminación de los delitos administrativos como peleas callejeras, boletas de tránsito y hurtos menores, mas no así aquellos delitos graves como el homicidio, el narcotráfico, el asalto a mano armada y el secuestro, entre otros.

“A partir de que se apruebe esta ley, los panameños se van a librar de tanta crueldad por parte de la empresa privada, que muchas veces no le da trabajo a una persona porque en su récord policivo aparece que, cuando era joven, estuvo involucrado en una riña callejera, y esto no tiene sentido”, aseguró.

Este proyecto de ley incluye además que en aquellos casos en que se requiera el historial penal y policivo para ser utilizado en el extranjero, la parte interesada lo solicitará a través del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la vez que el mismo no podrá ser transferido salvo por autorización de su dueño.

Igualmente, la tercera condena dictada contra una persona dará lugar a que la misma conste en su historial penal, independientemente de la conducta delictiva.

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