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Responsabilidad jurídica

Coronavirus y Derecho Penal

El mundo está observando con alarma la rápida e imparable propagación del coronavirus. Dicho virus puede producir un resfriado común, pero también enfermedades más graves, como la “neumonía, síndrome respiratorio agudo severo, insuficiencia renal e, incluso, la muerte” (OMS, 2020). Ante esta realidad, el Gobierno de Panamá está tomando una serie de medidas para evitar que esta enfermedad llegue al país y así impedir que se propague. También los panameños (y extranjeros que visiten el país) tenemos la obligación de obedecer todas las medidas sanitarias que el Gobierno disponga. Pero, ¿es el coronavirus una enfermedad contagiosa? Si no lo es, entonces el derecho penal no puede hacer nada, pero si lo es, entonces quien lo propague afrontaría penas de prisión.

En este sentido el Código Penal en su Título IX, denominado “Delitos contra la Seguridad Colectiva”, en su Capítulo IV, sobre “Delitos Contra la Salud Pública”, establece en su artículo 308, que si alguien intencionadamente propaga una enfermedad peligrosa será sancionado con una pena de prisión de cuatro a seis años. Pero si es una enfermedad contagiosa, como lo puede ser el coronavirus, la sanción será de diez a quince años de prisión.

Es decir, si un individuo es diagnosticado con el coronavirus, pero decide seguir con su vida normalmente, por lo que contagia a alguien más, entonces podrá ir preso hasta 15 años. Pero ¿qué pasa si alguien no sabe que tiene el coronavirus y lo contagia o infringe las medidas sanitarias? En este supuesto, también se estaría cometiendo un delito, ya que el artículo 311 tipifica como delito la propagación y el haber infringido las medidas sanitarias, aun si estas se hacen por imprudencia. Aunque, en este supuesto, la pena de prisión sería de uno a dos años. No obstante todo lo anterior, para que las leyes penales puedan sancionar a alguien por contagiar el coronavirus, sea intencionalmente o sea imprudentemente, es necesario que el Gobierno Nacional, junto con los expertos en enfermedades infecciosas, lo cataloguen como enfermedad contagiosa.

En conclusión, si se considera el coronavirus como una enfermedad contagiosa, entonces toda persona que lo propague o infrinja las medidas sanitarias creadas para evitar su propagación será sancionada con pena que van desde un año hasta los 15 años de prisión. Esto se hace con la finalidad de salvaguardar la vida e integridad de todos los habitantes de la República de Panamá.

El autor es abogado penalista y profesor de Derecho penal y Criminología


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