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El ‘Código Electoral’ del Panamá decente

El Código Electoral para perpetuar la corrupción, el saqueo de los fondos públicos y la entrega impune de la administración del país a la fuerzas del crimen es preparado por el contubernio abyecto de la Asamblea Nacional, del Tribunal Electoral y los partidos políticos, con la tolerancia cómplice del poder judicial, la Contraloría General de la República, el Ministerio Púbico y el Órgano Ejecutivo, y ante la indiferencia de ciudadanos agobiados por la desocupación, la ignorancia y las necesidades materiales. ¿Pueden los panameños decentes, que son la mayoría de nuestro país, someterse inevitablemente a este designio criminal? De ninguna manera. ¿Pueden trastocarlo de manera decidida, sencilla y definitiva? Sin duda alguna, al hacer la selección de los candidatos y dar su voto para presidente y vicepresidente de la República, diputados, alcaldes y representantes de corregimiento. A continuación, proponemos el “Código Electoral de los Panameños Decentes”, como alternativa al Código Electoral de los maleantes que sirven a las fuerzas del crimen.

No vote por el candidato que es o ha sido diputado, alcalde, concejal, representante de corregimiento, funcionario de cualquier tipo o dueño, empleado o accionista de empresas privadas y tenga acusaciones de los actos siguientes, según lo hayan dado a conocer los medios de información periodística, judicial o de otra naturaleza institucional de Panamá u otro país:

Ausencia sistemática a las sesiones generales, de comisiones de trabajo y otras responsabilidades de asistencia al puesto de trabajo. Baja productividad del trabajo de la Asamblea o de otra función pública o privada, en cuanto al número y calidad del esfuerzo legislativo o profesional que, al igual que el punto anterior, implica cobro por no trabajar. Cobro de comisiones y coimas por parte de diputados u otros funcionarios a su personal de servicio. Omisión de informar o denunciar actuaciones incorrectas, ilegales o delictivas de colegas. Obligación de trabajo gratuito en actividades particulares de los diputados o funcionarios que tienen fines de lucro. Conflictos de intereses económicos del diputado o funcionario con actividades del sector público o privado. Salarios a suplentes de diputados o de funcionarios que no corresponde a un trabajo efectuado. Adquisición de terrenos y otros activos nacionales con precios que no guardan relación con avalúos de mercado. Clientelismo político o sustracción de fondos por medio de partidas para la colocación de personal y ejecución de obras que no corresponden a las funciones legales de la Asamblea, a través de alcaldías, juntas comunales, representantes de corregimiento y otras organizaciones del sector público, cuyos ejecutores, ejecución, costo y contenido rehúsan las autoridades de la Asamblea detallar. Desacato a fallos de la Corte Suprema de Justicia, a solicitudes de la Antai o de otro organismo jurisdiccional que ordene el suministro de informes o la divulgación detallada de información. Incumplimiento de divulgar la información solicitada por las autoridades y el público. Uso equívoco y no explicado de partidas de gastos de la Asamblea u otros organismos oficiales en pagos de salarios supuestos o reales, u otros tipos de gastos de consumo. Nombramiento de familiares de diputados u otros funcionarios en cargos de la administración pública. Presión a otras organizaciones de la administración pública para el empleo de familiares y allegados a los respectivos partidos políticos. Gastos en viajes cuya justificación no llega a establecerse. Adquisición de bienes públicos a precios y condiciones más bajas de las fijadas por las tasaciones oficiales o privadas. Regalos a electores u otras personas adquiridos con fondos públicos. Violación de normas penales o administrativas. Actos públicos o privados reñidos con la moral y las buenas costumbres, según son establecidos por las leyes. Despido de un cargo público o privado por incompetencia o deshonestidad.

Vote por el candidato que no haya incurrido en ninguna de las faltas anteriores, que muestre ejecutorias efectivas y honestas en la vida local, provincial y nacional, y que además se comprometa a:

El acatamiento de las normas legales, reglamentarias y éticas propias del diputado o funcionario de elección popular, su compromiso con la rendición de cuentas en todos los ámbitos y al acatamiento de normas éticas en su vida privada y personal.

Presentar su programa de trabajo como diputado, indicando los proyectos, fundamentos y recursos correspondientes, y la independencia de este programa de los eventuales conflictos con el partido político a que pertenezca el diputado.

Dar a conocer cómo, a través de su acción como diputado, participará en el estudio y solución de problemas de ámbito local, regional y nacional como son los relacionados con la salud, educación, seguridad, impuestos, normas laborales, agua, seguridad social, producción agropecuaria, precio de los alimentos y otros problemas sustanciales de la población panameña.

Expresar sus puntos de vista sobre la acción de la Asamblea para supervisar y controlar las acciones de ministerios, organismos públicos y otras organizaciones del sector público.

Tal vez tengan razón quienes, de una manera expedita, parafraseando a George Bernard Shaw, piensen que “los políticos [diputados en este caso] son como los pañales. Hay que desecharlos pronto, por los mismos motivos”.

El autor es ciudadano


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