Es un hecho conocido por todos que los gastos de representación se han utilizado de manera abusiva en nuestro país. La práctica común de dividir la remuneración en salario y gastos de representación se ha generalizado para satisfacer aspectos muy convenientes tanto para patronos como para trabajadores, pero fundamentalmente con la finalidad de evadir el pago de las cuotas de la seguridad social. El interrogante que se plantea ahora es, ¿deben pagar cuotas esos gastos de representación que no son de representación?
De conformidad con lo que señala el Código de Trabajo, los gastos de representación no constituyen salario si se dan de modo ocasional y dichas sumas de dinero se pagan para representar la imagen de la empresa o institución. De ahí que, a contrario sensu, la legislación laboral panameña precise por otra parte que los gastos de representación que se reconozcan a los trabajadores como asignaciones permanentes sí constituyen salario. Este es el caso de una gran cantidad de trabajadores tanto del sector público como del sector privado. En el caso de las asignaciones permanentes, no cabe duda de que constituyen una remuneración complementaria al salario que no contribuye con la seguridad social, y que por ley sí deben pagar las cuotas obrero-patronales.
Frente a la gran crisis que vive la Caja de Seguro Social, resulta un gran desacierto adoptar posiciones radicales que impidan de alguna manera la sobrevivencia de la institución. Por el contrario, toda idea, propuesta o recomendación debe ser bien recibida. En tal sentido, un pequeño aporte hacia la solución podría ser el establecimiento de una cuota solidaria y paritaria, por ejemplo de un 4%, a todo trabajador que devengue gastos de representación en forma permanente y de otro 4% para toda empresa o empleador, sea estatal o privado, que paga esos gastos de representación. De esta manera se estarían gravando cuantiosas sumas de dinero que no cotizan en la actualidad, y al mismo tiempo generaría un caudal de ingresos a la Caja de Seguro Social necesarios en este momento. El sacrificio en este caso lo estarían aportando los trabajadores de buenos ingresos, los empleadores privados y el Estado, y no los trabajadores más pobres y de menos ingresos.
Por regla general, los trabajadores que perciben gastos de representación ganan muy buen salario, que por lo menos está alrededor de mil balboas mensuales, y de ahí hacia arriba, así es que no se verían mayormente afectados; y las empresas y el Estado estarían pagando solo parte de lo que hoy se ahorran.
Finalmente, dicha contribución paritaria solamente se aplicaría a prestaciones médicas, gravidez y riesgos profesionales, no así a los otros programas del Seguro Social.
El autor es abogado y ex ministro de trabajo
