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Impuestos

Perspectivas tributarias para 2020

Las metas de ingresos tributarios oscilan en más 5 mil 600 millones, de acuerdo con la Ley de Presupuesto del Estado para 2020. Este año comienza con cambios importantes en las obligaciones formales y materiales tributarias en Panamá, que se produjeron con las modificaciones legales de ejercicios fiscales anteriores e impactan en la gerencia tributaria de los contribuyentes y en la gestión fiscal de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas.

En enero de 2020 se inicia la declaración del “Reporte país por país”, correspondiente al periodo fiscal 2018. Las entidades que residan para efectos fiscales en Panamá podrán declarar dicho reporte, conforme al Decreto Ejecutivo N°. 46 de 27 de mayo de 2019, y la Resolución N°. 201-9117 de 19 de diciembre de 2019. Dichas entidades podrán declarar este reporte en el Portal DGI FATCA&AEOI.

Recientemente, con la Resolución N°.201-9411, se extendió el plazo para la presentación y notificación del “Reporte país por país” hasta el 31 enero de 2020.

Adicionalmente, nos encontramos en la fase final de la Ley de Amnistía Tributaria General que estipula la reducción de los porcentajes de condonación de intereses, recargos y multas. Estos porcentajes aplican para aquellos contribuyentes que hayan tenido un arreglo de pago y cancelen la totalidad, hasta el 29 de febrero de 2020.

Por otro lado, otro cambio a destacar son las determinaciones de impuesto sobre la renta para los contribuyentes de los regímenes de Sedes de Empresa Multinacional (SEM), Panamá Pacífico y Ciudad del Saber. Así como también es de destacar los cambios correspondientes a la presentación del informe de precios de transferencia (formulario N°. 930) para los contribuyentes que realicen transacciones con partes relacionadas interiores o exteriores desde las zonas libres, zonas francas, áreas económicas especiales y regímenes especiales en Panamá.

Para este año, vale la pena tener presente que algunos artículos del Código de Procedimiento Tributario se encuentran vigentes desde el 14 mayo 2019. Estos artículos corresponden a los tiempos para las devoluciones de impuestos favorables al contribuyente, las normas de terminación de la obligación tributaria, incluyendo las liquidaciones de precios de transferencia, la normativa en materia de notificación de las resoluciones de determinación, la defraudación fiscal penal, el proceso de regularización tributaria, los plazos y formas de la determinación, el rol del Tribunal Administrativo Tributario, el Ministerio Público y el Órgano Judicial.

En tal sentido, la comunidad tributaria está a la expectativa sobre si el Código de Procedimiento Tributario va a tener modificaciones o va a ser implementado conforme a su publicación, lo cual resultaría en su entrada en vigencia, en su totalidad, a partir del 1 de enero de 2021, según la Ley 99 de 11 de octubre de 2019.

Ante tales cambios, pudiéramos decir que las perspectivas tributarias para este año 2020 estarán enmarcadas sobre: las propuestas legislativas del Ministerio de Economía y Finanzas de la República de Panamá para mejorar los niveles de recaudación fiscal, las propuestas legislativas para la implementación de las acciones pendientes del Marco Inclusivo del Proyecto de Lucha contra la Erosión de la Base Imponible y el Traslado de Beneficios (BEPS en sus siglas en Inglés) de la OCDE, así como los compromisos para cumplir con los estándares internacionales en materia de transparencia fiscal internacional e intercambio de información.

El autor es PhD de la Universidad Paris Dauphine


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