El problema principal no está en la Constitución

Guillermo A. Cochez gcochez@ cableonda.net La presidenta ha dicho que no es el momento de cambiar la Constitución nacional ya que no se dan las condiciones para hacerlo. Aunque por razones diferentes a las de ella, seguro estoy, comparto su opinión. El problema del país, contrario a lo que algunos pocos opinan, muy estridentemente por cierto, no está en reformar la Constitución.

La historia constitucional del país nos refleja, con la única excepción de 1946, que con las constituciones los gobernantes de turno hacen lo que a bien tienen, sea esta lo más perfecta que pueda ser. Ayer nos hubiera parecido un absurdo el artículo 136 de la Constitución de 1904, seguramente puesto allí como condición sine qua non para recibir la bendición de Estados Unidos para que nos pudiésemos independizar. Sin embargo, eso mismo, de seguro hoy habrá quienes pidan se vuelva a incluir en el texto constitucional que algunos piden a gritos se redacte.

Dicho artículo 136 de la Constitución de 1904 decía así:

“Artículo 136: El gobierno de los Estados Unidos de América podrá intervenir en cualquier punto de la República de Panamá, para restablecer la paz pública y el orden constitucional si hubiere sido turbado, en el caso de que por virtud de Tratado Público aquella Nación asumiere o hubiere asumido la obligación de garantizar la independencia y soberanía de la República”.

Seguro estoy de que quienes consideraron un absurdo histórico el artículo 136 de la Constitución del 4 se irritarán hoy cuando vean que habrá quienes aboguen porque en una nueva Constitución se reincorpore tal norma derogada. Aquellos también considerarían otro absurdo histórico algunas de las cosas extrañas que se incluyeron en la Constitución de 1941. Sólo bastará recordar el logro que para muchos significó lo que en aquella reforma se incluyó en el párrafo tercero del artículo 23, lo cual exarcerbaba el “incongruente nacionalismo” que decían profesar. Recordemos que ese artículo estableció una norma que hoy repudiaría hasta el más atrasado de los Estados del universo, al señalarse que “Son de inmigración prohibida: la raza negra cuyo idioma originario no sea el castellano, la raza amarilla y las razas originarias de la India, el Asia Menor y el Norte de Africa”.

Pero si hoy nos llama la atención lo que decían los artículos citados de las constituciones de 1904 y 1941, no menos llamativo —y vergonzoso, por decir lo menos— sería el verle la cara a los 25 “ciudadanos probos” que prepararon la Constitución de 1972, y a los 504 representantes de corregimientos (sólo 504 porque hubo uno con dignidad —Luis Emilio Veces Barría— fallecido, dirigente del PDC que no se prestó a semejante farsa) que aprobaron el artículo 277 de la Constitución, el cual decía hasta 1978 (gracias a Dios) lo siguiente:

“Artículo 277: Se reconoce como Líder Máximo de la Revolución Panameña al General de Brigada Omar Torrijos Herrera, Comandante Jefe de la Guardia Nacional. En consecuencia, y para asegurar el cumplimiento de los objetivos del proceso revolucionario se le otorga, por el término de seis años, el ejercicio de las siguientes atribuciones: Coordinar toda la labor de la Administración Pública; nombrar y separar libremente a los Ministros de Estado y a los Miembros de la Comisión de Legislación; nombrar al Contralor General, al Sub-Contralor General de la República, a los Directores Generales de las entidades autónomas y semiautónomas y al Magistrado del Tribunal Electoral que le corresponde nombrar al Ejecutivo, según lo dispone esta Constitución y la Ley; nombrar a los Jefes y Oficiales de la Fuerza Pública de conformidad con esta Constitución, la Ley y el Escalafón Militar; nombrar con la aprobación del Consejo de Gabinete a los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, al Procurador General de la Nación, al Procurador de la Administración y a sus respectivos suplentes; acordar la celebración de contratos, negociaciones de empréstitos y dirigir las relaciones exteriores

El general Torrijos tendrá, además, facultades para asistir con voz y voto a las reuniones del Consejo de Gabinete y del Consejo Nacional de Legislación, participar con derecho a voz en los debates de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimiento y de los Consejos Provinciales de Coordinación y de las Juntas Comunales”.

Como se ve, cuando en 1904 tuvimos que ponernos de rodillas frente a los norteamericanos, y en el 41 el país estuvo expuesto al fascismo de quienes nos gobernaban, en 1972 lo único que faltó fue que quienes fueron los autores de semejante adefesio jurídico nombrasen Dios de todos los panameños a Omar Efraín Torrijos Herrera. Es claro, pues, que el problema principal del país no está en sus constituciones, sino en sus gobernantes.

¿Acaso no está en las manos de los gobernantes cesar en su política de entrega frente a las transnacionales, como hoy está ocurriendo con la Refinería Panamá, cuando el país debe ponerse firme y exigir que si quieren quebrantar las cláusulas del contrato vigente, pertenecerían al Estado panameño, como compensación, todas sus instalaciones? ¿Acaso el Gobierno no puede parar los abusos que contra la población están cometiendo las empresas privatizadas, comenzando por la telefónica inglesa? ¿Acaso en un país dispuesto a acabar con la corrupción no es el presidente (o la presidenta) el primero que sale a pedir le rindan cuentas cuando se conoce de un escándalo, como ha sido el último de los lotes de Tonosí en el Banco Nacional de Panamá, vendidos a alguien que había regalado algo al Aeropuerto de Pedasí, de donde habrá salido el helicóptero HP 1430? ¿Acaso hemos visto alguna actuación de ese tipo en la Presidencia, a pesar de que tantas veces se dijo que se castigaría a cualquier corrupto, aunque fuera del entorno presidencial?

¿Acaso se ha dicho algo más de los 14 mil balboas mensuales que recibe el presidente de la Asamblea, en un país donde existe tanta pobreza, y de los dos mil que recibe cada suplente a legislador, como si en Panamá se eligieran en vez de 71 legisladores a 213 “padres de la Patria”? ¿Acaso alguien ha dicho que se pondrá fin al negociado que existe con las 497 exoneraciones de vehículos a los que tienen derecho los legisladores y sus suplentes ?

¿Acaso alguien le podrá explicar al país cómo todavía está ejerciendo como magistrado de la Corte Suprema de Justicia una persona tan enferma, que en los pasillos se dice que quien atiende su oficina es su hijo? ¿Acaso no se sabe que alguno de los cuatro nuevos magistrados ni siquiera lee sus casos y le confía ese trabajo a sus asistentes? ¿Acaso no está pendiente desde el 8 de agosto del 2000 la decisión de una demanda de inconstitucionalidad, que cuenta con la vista fiscal favorable de la procuradora de la Administración, para echar abajo los privilegios de los suplentes de los legisladores?

El problema del país no está en más cambios en la Constitución ni en una Constitución nueva. El problema está en quienes están dirigiendo los destinos del país, comenzando por la presidencia de la República, ya que nuestro sistema político se fundamenta en el presidencialismo. El problema es que nos falta dirección, nos falta don de mando, nos falta autoridad. Ojalá que prontamente se den cuenta de ello, quienes pareciera que lo único que les preocupa es mantener en planilla a toda su familia y mantener a cualquier precio todos los privilegios que han acumulado.

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