El gobierno del presidente Martinelli promovió, ante el escenario nacional, la reforma del Código Minero de vieja data (Ley 23 de 1963), para aumentar los cánones, regalías y multas en este sector, pero hay otra legislación que también presenta, ante el ámbito nacional e internacional, un contenido con vigencia de más de 60 años, denominada Ley 66 de 10 de noviembre de 1947, que aprueba el Código Sanitario y establece la regulación de los asuntos relacionados con la salubridad e higiene pública, política sanitaria y medicina preventiva y curativa.
La situación de salud en pleno siglo XXI ha cambiado y con el cambio se han vuelto obsoletas muchas de las medidas originalmente descritas en el Código que nos permitan garantizar la seguridad, eficacia y control de la seguridad sanitaria.
El Código Sanitario de 1947 necesita una revisión integral, porque contiene un modelo ineficiente, exige una reforma estructural que debe ser enfrentada sin retraso por los gobernantes, de cara a los avances científicos y nuevos conocimientos de vigilancia, investigación, control de riesgos, daños en salud pública; además, de la promoción, participación ciudadana, desarrollo de políticas y capacidad institucional de planificación, gestión, fortalecimiento de la capacidad institucional de regulación y fiscalización y acceso equitativo a los servicios de salud.
Es fundamental establecer con claridad el modelo jurídico sanitario del país, promoviendo la prevención, equidad, calidad y eficiencia; la implementación de importantes orientaciones de la ciencia sanitaria, para evitar las amenazas de enfermedades nuevas y emergentes que rebasan las fronteras y prevenir la propagación internacional de infecciones.
El Gobierno, como política de Estado, debe diseñar un plan que determine los principios y objetivos que permitan implementar las acciones que orienten la promoción de la producción de medicamentos genéricos, su disponibilidad, accesibilidad, calidad y el control de la salud con garantía de calidad, eficacia, vigilancia, seguridad y promoción por parte de los profesionales sanitarios.
Impulsar e identificar las actividades que intenten fomentar la salud de los individuos y colectividades, promoviendo la adopción de estilos de vida saludables, mediante intervenciones de educación sanitaria, a través de medios de comunicación de masas, en las escuelas y una atención primaria enfocada para toda la comunidad que carece de recursos.