Un fallo de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) ratifica que ´no es inconstitucional´ la reforma del ´Código Penal´ que impide a servidores públicos de alto rango solicitar cárcel por delitos de calumnia e injuria. La decisión puntualiza que los funcionarios ofendidos sí podrán acudir a la esfera civil.
Entre los funcionarios que no podrán demandar penalmente por calumnia e injuria están el Presidente y Vicepresidente de la República, jueces, procuradores, contralor, ministros, magistrados de la Corte y de los tribunales superiores, defensor del Pueblo, directores, gerentes y jefes de entidades autónomas, entre otros.