La Asamblea Nacional deberá dejar plasmado en una modificación al Código Procesal Penal, si es aplicable para los detenidos con procesos iniciados en el sistema inquisitivo, el artículo que fija en un año la duración de la detención preventiva. La comisión de Gobierno de la Asamblea sometió a discusión, el 29 de agosto pasado (tres días antes de que se implementara el sistema penal acusatorio en el primer distrito judicial), el proyecto 373 que busca modificar el artículo 557 del Código Procesal Penal para que en los casos iniciados antes del 2 de septiembre de 2016, no se aplique la norma que indica que las detenciones preventivas y provisionales no pueden exceder de un año. Pero el debate fue suspendido por críticas surgidas. Una de ellas, fue planteada por el presidente del Colegio Nacional de Abogados, José Alberto Álvarez, quien dijo que “con la libertad de las personas detenidas preventivamente por más de un año no se juega”. El presidente de esta instancia legislativa, Quibian Panay, no ha informado cuándo se retomará el debate.
Cambios al Código, en suspenso
18 sep 2016 - 05:00 AM