PROCESO

Corprensa solicita la prescripción en demanda de Juan Carlos Navarro

Corprensa solicita la prescripción en demanda de Juan Carlos Navarro
Se trata de una demanda ordinaria de Juan Carlos Navarro contra Corprensa.

La firma forense Rivera, Bolívar y Castañedas, apoderados especiales de Corporación La Prensa, S.A. (Corprensa), le solicitó a la juez primera de circuito del Primer Distrito Judicial de Panamá, Ramo Civil, que declare probada la excepción de prescripción y se ordene el archivo del proceso ordinario interpuesto por Juan Carlos Navarro en contra de Corprensa y el periodista Eduardo Mendoza.

La demanda civil de Navarro persigue una indemnización por daños y perjuicios de 2 millones de dólares, en virtud de una noticia publicada por La Prensa el 24 de octubre de 2015, en la cual se citaba a dos copartidarios de Navarro, Francisco Sánchez Cárdenas y Mitchell Doens, quienes hicieron declaraciones que Navarro consideró como dañinas a su imagen.

En la contestación de la demanda, los apoderados de la Corprensa explican que el demandante interpuso una querella contra Doens y Sánchez Cárdenas el 28 de octubre de 2015, la cual fue sobreseída provisionalmente el 14 de julio de 2016 por el Juzgado Decimoprimero de Circuito de lo Penal. Según el documento, el juez en su pronunciamiento dictaminó que no existen elementos de convicción en la nota periodística querellada que demuestren que esta haya atentado contra la dignidad, el honor o la reputación de Juan Carlos Navarro.

Paralelamente, Navarro demandó civilmente a Doens y Sánchez Cárdenas el 6 de abril de 2016, ampliando esta demanda el 6 de julio de 2016, incluyendo entonces a Corprensa y al periodista Eduardo Mendoza. Sin embargo, Corprensa fue notificada de este proceso el 27 de enero de 2017, fecha que supera por tres meses el término de prescripción que establece el Código Civil panameño para este tipo de acciones.

Según el artículo 1706 del Código Civil, la acción para reclamar los daños y perjuicios prescribe al año desde que el afectado tuvo conocimiento del hecho. Si La Prensa publicó la noticia el 24 de octubre de 2015, la acción prescribió el 24 de octubre de 2016.

Aunque la excepción de prescripción debe ser suficiente para producir el archivo del caso, los apoderados de Corprensa citaron en la contestación de la demanda jurisprudencia de la Corte Europea de los Derechos Humanos y la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, en las cuales se establece que los medios de comunicación no son responsables civil o penalmente por difundir declaraciones de terceros.

Este proceso civil ordinario se abrirá próximamente a la etapa de prácticas de pruebas para la cual la firma forense Rivera, Bolívar y Castañedas ha solicitado el peritaje de expertos nacionales e internacionales en temas de la responsabilidad en los medios de comunicación, así como en aspectos psicológicos, psiquiátricos e imagen, entre otros.


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