El pleno de la Corte Suprema de Justicia no admitió un amparo de garantías interpuesto por la empresa Campos de Pesé en contra de la decisión del Tribunal de Apelaciones de Herrera y Los Santos, que suspendió por tres meses, a partir del 29 de agosto pasado, todas las actividades en 284 hectáreas propiedad de la empresa.
En fallo del 5 de diciembre de 2014, el magistrado ponente Luis Mario Carrasco rechazó el amparo.
Desde el mes de junio pasado fueron suspendidas las operaciones de la empresa Campos de Pesé, debido a que presuntamente fue la responsable de verter atrazina –herbicida artificial– en el río La Villa, el cual es fuente de agua para consumo humano en Herrera y Los Santos.
Carrasco explicó que el amparo de garantías debió dirigirse contra la apelación concedida a la Fiscalía de Herrera, en la que se concedieron los tres meses de suspensión de actividades. No obstante, el recurso se sustenta en que el Tribunal no era competente.