La Sala Tercera Contencioso Administrativa de la Corte Suprema de Justicia declaró en desacato a la ministra de Ambiente, Mirei Endara, y la sancionó con una multa de 100 dólares por no entregar copia autenticada del expediente relacionado con una demanda de nulidad contra el estudio de impacto ambiental para la explotación de una cantera en Cerro Cabra, Veracruz, distrito de Arraiján.
La medida se establece en un fallo del 7 de abril de 2016, firmado por el magistrado suplente Efrén Tello. La demanda de nulidad había sido presentada en febrero de 2011 por residentes de Veracruz.
Según el fallo, la sanción se impone luego de que en noviembre de 2014 la Sala giró el oficio No. 2794 a la entonces Autoridad Nacional del Ambiente, y posteriormente se giraron otros tres oficios a esa entidad, sin recibir ninguna comunicación al respecto.
Señala el fallo que las notificaciones a la ministra se hicieron a través de los oficios No. 581 de febrero de 2015, el No. 1431 del 30 de abril de 2015 y el No. 3129 del 6 octubre de 2015.
Tello explicó que, debido a los incumplimientos, aplicó a Endara el artículo 1932 del Código Judicial, que establece que “en materia civil son culpables de desacato, los que en el curso de un proceso o de cualquier actuación judicial o después de terminados, se ejecuten hechos que contravengan directamente lo ordenado en resolución judicial ejecutoriada, y los que habiendo recibido orden de hacer cosa o de ejecutar algún hecho rehúsen sin causa legal obedecer al juez”.
Por su parte, la oficina de prensa del Ministerio de Ambiente informó que el 15 de abril de 2015 remitieron a la Sala Tercera de la Corte copia autenticada de la resolución IA-132-2011 del 22 de febrero de 2011 del proyecto de explotación rocosa en Cerro Cabra, y que dicha documentación fue recibida en la Secretaría de la Sala Tercera de la Corte el 22 de abril de 2015, por lo que se cumplió con el trámite solicitado.