EXTRADICIóN DE EXJEFA DEL DAS

Critican actuar del Ejecutivo en caso María del Pilar Hurtado

El abogado Ángel Álvarez argumentó que la Sala Segunda de lo Penal de la Corte debió resolver la solicitud de extradición de María del Pilar Hurtado, hecha por Colombia.

Critican actuar del Ejecutivo en caso María del Pilar Hurtado
El pleno de la Corte Suprema de Justicia consideró inconstitucional el asilo dado a María del Pilar Hurtado. EFE.

Abogados que demandaron por inconstitucional el asilo otorgado a la exjefa del Departamento Administrativo de Seguridad de Colombia (DAS), María del Pilar Hurtado, pidieron al gobernante, Juan Carlos Varela Rodríguez, anular, por ilegal, inconstitucional y arbitraria la Resolución No. 3 del 3 de febrero de 2012, por medio de la cual se rechaza la solicitud de extradición.

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Critican actuar del Ejecutivo en caso María del Pilar Hurtado

La petición, presentada el martes pasado en la Presidencia de la República por el jurista Ángel Álvarez, destaca que el rechazo a la extradición, emitida por el gobierno del exmandatario, Ricardo Martinelli, se hizo sin competencia, usurpando la decisión que debió tomar la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia, según lo establece el Código Procesal Penal.

De acuerdo con el documento la acción de Martinelli viola la Constitución de Panamá, así como el Código Procesal Penal y el Tratado Bilateral de Extradición entre Panamá y Colombia, aprobado en la Ley 16 del 27 de septiembre de 1928.

“Pedimos que se retrotraiga todo lo actuado y se apliquen las reglas pertinentes a la solicitud de extradición, presentada por la República de Colombia el día 9 de diciembre de 2011, sobre la señora María del Pilar Hurtado Afanador, con pasaporte número 51.723.332”, destaca.

Álvarez fundamenta su solicitud en lo que indica el Sistema Penal Acusatorio, que entró en vigencia el 2 de septiembre de 2011, con respecto a que es la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia la que debe atender, tramitar y decidir las solicitudes de extradición, control de garantías y las incidencias respectivas, como tribunal competente de única instancia.

La petición de extradición de Hurtado fue presentada el 9 de diciembre de 2011, fecha para la cual, según el abogado, correspondía al Ministerio de Relaciones Exteriores recibir la documentación y remitirla a la esfera jurisdiccional para decidir la procedencia o no de la extradición.

“Este trámite obligatorio fue desatendido en clara omisión de deberes públicos”, aclara.

Argumentó que luego que se desvió el procedimiento se emitió la Resolución Ejecutiva No. 3, cuando era competencia de la Sala Segunda de lo Penal, facultad que fue usurpada por un pronunciamiento de rechazo que no se ajusta a la legalidad, debido proceso y al principio de separación de los poderes públicos.

Expresó que la resolución, emitida por el gobierno de Martinelli, en la que se rechaza la extradición de Hurtado, carece de una causal y más bien parece un acto antojadizo o caprichoso lo que puede interpretarse como un mecanismo de evasión de las obligaciones internacionales.

Cancillería

Por su parte, la vicepresidenta y canciller de la República, Isabel de Saint Malo de Alvarado, expresó en el noticiero matutino de Telemetro Reporta que se encuentran atados de manos para proceder a la extradición de la exjefa del DAS.

Expresó que, por ley, no es posible proceder a la extradición de Hurtado debido a que Colombia hizo la solicitud con los mismos fundamentos por los que anteriormente fue rechazada por el Gobierno panameño.

Agregó que han pedido a Colombia una aclaración de la solicitud de extradición y que el estatus migratorio de Hurtado, como asilada, ya no existe.

“Hemos notificado a los representantes legales de Hurtado y a las autoridades de migración que su asilo es inconstitucional”, señaló.

Se intentó obtener una versión del Servicio Nacional de Migración sobre las acciones a seguir en el caso de Hurtado.

Se llamó en varias ocasiones al director de la institución, Javier Carrillo, pero no respondió.

También se le solicitó su opinión, a través de la oficina de Relaciones Públicas de la entidad, y tampoco hubo respuesta.

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