Defensa de Ricardo Martinelli apelará a nuevo fuero penal electoral

Defensa de Ricardo Martinelli apelará a nuevo fuero penal electoral


La defensa legal del expresidente Ricardo Martinelli pretende blindarlo con un nuevo fuero penal electoral en el caso que se le sigue por presuntamente ordenar espiar las comunicaciones de, al menos, 150 personas.

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El nuevo escenario surge luego de que la Secretaría General del Tribunal Electoral (TE) certificara que Martinelli tiene fuero desde el 4 de octubre de 2018, día en que se emitió la resolución que lo autorizó a recoger firmas para obtener la candidatura por la libre postulación a la Alcaldía de Panamá.

La nota, que lleva la firma de la secretaria general del TE, Myrtha Varela, detalla también que el fuero será válido hasta 15 días después de que esté ejecutoriada la proclamación de la elección.

El TE dará a conocer, a partir del 11 de enero próximo, quiénes obtuvieron las candidaturas por la libre postulación basados en el número de firmas que recogieron.

Es decir, que el exmandatario estaría protegido con el fuero electoral hasta finales de enero. Sin embargo, si avanza su candidatura, tendría fuero hasta después de las elecciones del 5 de mayo de 2019. Martinelli, además, es candidato a diputado en el circuito 8-8.

Lo que dice el ‘Código Electoral’

El artículo 259 del ‘Código Electoral’ establece que el fuero penal electoral es la garantía procesal que tienen los candidatos, entre otros, para no ser procesados, o arrestados, sin la autorización del Tribunal Electoral, salvo en caso de flagrante delito.



En un fallo del pasado 6 de diciembre, la Corte Suprema de Justicia declinó la competencia del proceso, por lo que ahora Martinelli tendrá que ser juzgado por un tribunal de juicio del sistema penal acusatorio (SPA). No obstante, avaló todo lo actuado por el magistrado Jerónimo Mejía, en funciones de juez de garantías, así como las decisiones tomadas por el magistrado fiscal Harry Díaz.

Carlos Carrillo, abogado de Martinelli, expresó que en este momento no existe una autoridad judicial “competente” para tratar el caso de su cliente.

Según su interpretación, el 21 de diciembre pasado, al atender un habeas corpus presentado por la defensa, el Tribunal Superior de Apelaciones decidió inhibirse, ya que el fallo de la Corte en el que declina la competencia en el caso de Martinelli no se encuentra ejecutoriado.

No obstante, adelantó que en el momento en que el proceso pase a un tribunal de juicio pedirán discutir los efectos de la nota del TE acerca del fuero.

El pasado 3 de enero, la Corte publicó el fallo en el que declina la competencia. El edicto se fijó por cinco días hábiles para notificar a las partes a partir de las 3:00 p.m. de este día.

Después, la Secretaría de la Corte debe esperar dos días hábiles más para hacer saber que se ejecutorió este proceso.

El TE levantó el fuero a Martinelli por esta causa el 15 de octubre de 2015, a petición de la Corte, que en ese momento llevaba el caso.

El artículo 268 del Código Electoral establece que: una vez levantado el fuero dentro de un proceso, no será necesario solicitar nuevamente su levantamiento en caso de que el aforado adquiere nuevamente el fuero por cualquier otra situación.

A pesar de ello, Roniel Ortiz, otro de los abogados del exgobernante, es categórico: “Martinelli tiene fuero actualmente”.

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