Extranjeros pueden ser directores de los bomberos

La Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional el numeral 1 del artículo 5 de la Ley 10 del 16 de marzo de 2010, que creó el Benemérito Cuerpo de Bomberos, en el que se establecía que solo los panameños por nacimiento podían aspirar al cargo de director y subdirector de esta institución.

Con fecha del pasado 23 de septiembre y bajo la ponencia del magistrado Cecilio Cedalise, el pleno de la Corte determinó que la citada norma viola los artículos 8 y 300 de la Constitución Política de la República de Panamá.

El fallo detalla que con anterioridad la Corte ha declarado inconstitucionales normas que restringen la posibilidad de que ciudadanos que adquirieron la nacionalidad panameña, por vías distintas al nacimiento, puedan ocupar cargos públicos y que en esta ocasión se trata de un caso similar.


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