Tras un año de análisis jurídico, la Sala Tercera de la Corte decidió mantener la protección del humedal bahía de Panamá, al rechazar una demanda de nulidad contra la resolución de la Autoridad Nacional del Ambiente (Anam) que le concedió esa categoría.
La demanda perseguía que la Sala Tercera declarara ilegal la resolución No. AG-0072 del 3 de febrero de 2009 expedida por la Anam bajo el argumento que violaba la Ley No. 6 de enero de 2002, la cual disponía la realización de una consulta ciudadana previa a la declaratoria de área protegida.
Según el fallo, la Anam puede expedir sin necesidad de consulta ciudadana resoluciones que demarquen un área protegida.
Para los magistrados dicha facultad está contenida en los artículos 118 y 120 de la Constitución Nacional, la Ley No. 2 del 12 de enero de 1995 y los artículos 74 y 95 de la Ley No. 41 de julio de 1998. La decisión señala que el Humedal Bahía de Panamá es un área reconocida como sitio Ramsar Internacional y que además tiene interés público notorio.
